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El Poder Judicial no sancionará por sus comentarios machistas en Facebook al juez que condenó a Juana Rivas

Juana Rivas ante el juez Manuel Piñar.

Alberto Pozas

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El juez Manuel Piñar, que dictó la primera condena contra Juana Rivas, no será sancionado por usar en su cuenta de Facebook términos como “feminazi”, criticar las políticas de igualdad o mostrar “desprecio” hacia partidos políticos o confesiones religiosas. El promotor de la acción disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, encargado de estudiar este tipo de expedientes, ha decidido archivar la denuncia presentada contra él al entender que no se identificaba como magistrado cuando escribió esos comentarios y que, por tanto, lo hizo “a título particular como mero ciudadano” y no como miembro de la judicatura.

Manuel Piñar fue el juez que firmó la primera condena contra Juana Rivas por llevarse a sus dos hijos y mantenerlos en paradero desconocido durante el verano de 2017 mientras denunciaba no querer entregárselos a su padre acusándole de maltrato. Esa primera condena fue de cinco años de cárcel al atribuirle dos delitos de sustracción de menores, uno por cada menor, sentencia que corrigió el Supremo al dejar la pena en la mitad. Posteriormente Rivas fue indultada parcialmente por el Gobierno, medida de gracia que confirmó otra sala del Supremo.

La fase de ejecución volvió a manos de Piñar, que decidió enviar a la madre de Maracena a prisión a pesar del indulto parcial. “Podría representar un grave peligro para sus hijos”, dijo el magistrado. Fue la Audiencia de Granada, el tribunal que supervisa estas decisiones, el que terminó suspendiendo la pena de prisión.

Arrancó en ese periodo un cruce de acusaciones entre el juez Piñar y Juana Rivas y su defensa. Acciones penales emprendidas sin éxito contra el magistrado y quejas del juez hacia el abogado de Rivas. Finalmente sus escritos en Facebook terminaron en manos del CGPJ que, después de estudiarlos, concluye que no puede ser sancionado ya que todo lo que dijo no lo puso por escrito como magistrado.

“La publicación por parte de un miembro de la Carrera Judicial, en una red social, de determinadas opiniones -con independencia total de la que, a su vez, a cada cual nos merezcan-, cuando en tal medio no se hace invocación expresa de su condición profesional o cuando sea factible entender que su intervención se hace a título particular como mero ciudadano carece de tipicidad a fecha de hoy”, señala el acuerdo

El acuerdo ha llegado a manos de la Comisión Permanente, que ha añadido algo a lo dicho por el promotor: conviene, explican los vocales, que el legislador valore la posibilidad de revisar los tipos disciplinarios que permiten sancionar a magistrados. No especifica si entiende que, en este caso, el juez que encarceló a Juana Rivas merece algún tipo de castigo por sus comentarios machistas en Facebook.

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