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El Supremo deja abierto en canal el caso La Muela, la mayor trama de corrupción de Aragón

La exalcaldesa de La Muela, Marivi Pinilla.

Eduardo Bayona

Zaragoza —

El Tribunal Supremo ha dejado abierto en canal el caso La Muela con una sentencia en la que abre la puerta a que algunos de los condenados puedan verse beneficiados por el contenido del nuevo fallo que deberá dictar la Audiencia de Zaragoza tras un nuevo juicio a siete de los condenados, entre ellos la exalcaldesa Mariví Pinilla, pero sin aclarar en qué condiciones pueden, o deben, intervenir en la vista oral.

Casi 4.200 días después de que, el 26 de diciembre de 2016, el Grupo de Blanqueo de la Jefatura Superior de Policía de Aragón iniciara las pesquisas, la causa sigue parcialmente en el aire, a expensas del resultado de un nuevo juicio que puede tener consecuencias distintas del anterior tanto para los acusados que volverán a sentarse en el banquillo como para los que pactaron sus condenas. Y sin descartar que pueda acabar teniéndolas también para los que fueron declarados culpables y sus penas han sido ratificadas.

El nuevo juicio de La Muela

La Sala Segunda del Supremo ha resuelto que Pinilla, que va a reclamar la devolución de la fianza, fue objeto de indefensión al no contar con abogado defensor durante varias sesiones del juicio, concretamente entre la renuncia del letrado que inicialmente la representaba, Jesús Visús, y la designación del que finalmente se hizo cargo de su defensa, Santiago Palazón.

El tribunal, que ratifica 20 condenas (15 de ellas con acuerdos), reduce otras dos y revoca una más, considera que el rechazo de la sala al cambio de abogado tras la renuncia del primero, que había alcanzado un acuerdo con la Fiscalía que su cliente no aceptó, fue “tan contumaz como injustificado”. Los magistrados consideraron que las diferencias entre acusada y letrado respondían a “una estrategia (…) sin otra finalidad que el retraso del enjuiciamiento”.

Esa situación, que supuso una vulneración de sus derechos a la defensa y a la tutela judicial efectiva, de cuyo riesgo advirtieron en la sala tanto la fiscal como el abogado del Estado, ha llevado al Supremo a ordenar que se repita el juicio para la exalcaldesa y para otros seis acusados que fueron condenados por delitos en los que, según la primera resolución, también había participado ella: los empresarios Antonio Fando, Francisco Aramburu y Julio y David de Miguel, el exconcejal Fernando Barba y el empleado de banca Alberto Lozano.

El voto particular

La sentencia del Supremo anuncia que los quince acusados que pactaron sus condenas con la Fiscalía tras confesar los cargos podrán beneficiarse del eventual contenido favorable para ellos de la nueva resolución, aunque el magistrado Antonio del Moral, el ponente del caso Noos que afecta al cuñado del rey y yerno del rey emérito, Iñaki Urdangarín, sostiene en un voto particular que la cosa puede no ser tan sencilla.

Del Moral considera un “germen de problemas que podrán aparecer o no” esa decisión. Según este magistrado, “el nuevo juicio y la nueva sentencia” deberían afectar “exclusivamente” a aquellos para los que va a celebrarse, ya que “será fruto de una actividad probatoria que no tiene por qué coincidir” con los anteriores. Sin embargo, el hecho de haber declarado que “puede variar la posición de aquellos cuya condena ya es firme”, en lugar de remitirlo a un eventual recurso de revisión si aparecen datos contradictorios, genera “una problemática procesal cuya respuesta no se me antoja sencilla”.

“¿Ha de concedérseles la facultad de intervenir con plenitud de derechos en el nuevo juicio en cuanto que podría afectarles aunque solo para mejorar su situación?”, se pregunta. Sostiene que no, ya que “tuvieron su juicio con todas las garantías” y “su camino procesal está finiquitado”, pero considera que esa expectativa requería que el Supremo hubiera incluido en su sentencia “una indicación o sugerencia sobre la forma de afrontar ese nuevo juicio (¿con o sin intervención de esos condenados?)”.

“La solución no parece simple ni evidente”

“La solución no me parece ni simple, ni evidente”, concluye, ya que, “a fin de cuentas se está prolongando su propio enjuiciamiento con una segunda convocatoria aunque solo con posibilidad de subir nota”.

No obstante, fuentes de la Audiencia de Zaragoza interpretan que los eventuales beneficios de quienes pactaron su condena serían equiparables a los que se dan en otro tipo de asuntos cuando esos acuerdos no afectan a todo el banquillo: absolución si se declara no probado un delito, pero sin otros ‘descuentos’ posibles.

La Audiencia ha pedido al Consejo General del Poder Judicial tres magistrados de refuerzo para afrontar este juicio, que deberá ser asumido por la Sección Sexta.

Segunda condena corregida a la baja

La de La Muela es la segunda condena por un asunto de corrupción en Aragón que el Supremo corrige a la baja en unos meses. El anterior fue el llamado caso Pagarés, en el que el alto tribunal exoneró de responsabilidades penales al constructor Agapito Iglesias, al exviceconsejero de Obras Públicas del Gobierno de Aragón Carlos Escó y al exgerente de la plataforma logística Plaza, a los que la Audiencia de Zaragoza había impuesto sendas penas de cuatro años de prisión, ahora revocados, como autores de un supuesto desfalco de 8,7 millones de euros que, finalmente, resultó no ser tal.

Esas dos resoluciones reducen de 35 a 25 la cifra de condenados por delitos de corrupción en Aragón en los últimos años, y mantienen en tres los ingresos en prisión para cumplir condenas por ese tipo de fechorías: el exempleado municipal de Zaragoza F. L. A., por un desfalco de 8.239 euros; el empresario C. A. P., al que le cayeron seis meses de cárcel por tráfico de influencias mientras cumplía una pena por fraude tributario, y el exalcalde de Letux, L. M. A., condenado a cuatro años por pagar el ayuntamiento unas facturas duplicadas a un constructor.

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