Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El TSJ de Aragón obliga por primera vez al Salud a pagar las costas por negar los complementos de carrera a interinos

TSJA en Zaragoza

ElDiarioAragón

0

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha impuesto por primera vez el pago de las costas judiciales al Servicio Aragonés de Salud (Salud) en un litigio por el reconocimiento de la carrera profesional al personal temporal. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado en una reciente sentencia el derecho de una trabajadora interina a acceder a la carrera profesional en igualdad de condiciones que el personal fijo, con efectos económicos desde el momento en que lo solicitó. Pero, además, condena a la Administración autonómica a asumir las costas del procedimiento, con un límite de 400 euros.

Este pronunciamiento marca un cambio respecto a resoluciones anteriores, en las que no se imponían costes a la Administración pese a perder los recursos. En este caso, el tribunal justifica la decisión en la “doctrina consolidada del Tribunal Supremo” sobre esta materia, que reconoce la carrera profesional como una condición de trabajo que no puede discriminar al personal interino.

La sentencia desestima el recurso presentado por el Gobierno de Aragón contra un fallo previo que ya reconocía este derecho, y reafirma que la negativa del Salud a conceder la carrera profesional se basa únicamente en la temporalidad del vínculo, un criterio contrario al derecho europeo.

El fallo se suma a una serie de resoluciones en la misma línea. Según el sindicato CSIF, que ha impulsado más de 400 demandas desde 2021, “y todas las que se van resolviendo has ha ganado”. Posteriormente, el Salud las recurre, aunque estos recursos han sido desdestimados.

CSIF ha recibido en los últimos días tres sentencias en las que el TSJA condena al Salud al pago de las costas en procedimientos de carrera profesional de personal interino. “Estas sentencias dejan claro que el personal temporal del Salud —unos 5.000 trabajadores— tienen derecho a acceder al sistema de carrera profesional en las mismas condiciones que el personal fijo. Este reconocimiento debe tener efectos administrativos y económicos desde la fecha de la solicitud. Denegar el acceso a la carrera profesional para los interinos es una práctica contraria al derecho europeo y a la doctrina del Tribunal Supremo”, exponen.

“Además, el hecho de que el TSJA imponga costas al Salud evidencia que la Administración ha mantenido de forma injustificada una estrategia de recursos, que solo retrasa el reconocimiento de derechos, generando un perjuicio añadido a los profesionales y un coste económico a las arcas públicas”, afirma Juanjo del Hoyo, vicepresidente de CSIF Sanidad Aragón. 

Por todo ello, CSIF exige al Gobierno de Aragón el reconocimiento inmediato de la carrera profesional al personal temporal; el abandono de la judicialización sistemática de este derecho, y la apertura urgente de negociación en la Mesa Sectorial para adaptar el modelo de carrera profesional a la jurisprudencia vigente. 

Etiquetas
stats