¿Quién hace el informe a las personas vulnerables?: la falta de concreción en la ley lo deja en el limbo en Canarias

Personas paseando por Santa Cruz de Tenerife.

Jennifer Jiménez

Las Palmas de Gran Canaria —

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Los informes de vulnerabilidad social son un trámite básico que se debe presentar para el acceso a determinados programas o prestaciones. En una comunidad como Canarias, con un 33% de la población en riesgo de pobreza y exclusión, estos documentos se solicitan para diferentes herramientas de escudo social como ayudas a la vivienda o rentas mínimas tales como el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Pero ¿quién tiene la competencia para realizarlos? Se trata de una pregunta que surge tras el choque de competencias de algunas administraciones que se excusan en que ninguna tiene competencia para ello, mientras se produce una disparidad de criterios según en el municipio en el que se resida.  

Coralia Calderín, de la junta del Colegio de Trabajo Social de Las Palmas, destaca que las funciones que tienen los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, como las del servicio especializado, vienen en la Ley de Servicios Sociales. No obstante, “si hacemos una lectura de este articulado no se designa la elaboración de informes de vulnerabilidad ni a una ni a otra” (ni a los servicios municipales ni a los especializados). “No es algo que actualmente esté definido. De ahí la problemática”, incide. 

Explica que a raíz de la COVID se han disparado las solicitudes de informes de vulnerabilidad para diferentes cuestiones: vivienda, IMV, comedor escolar, bono social de luz eléctrica, informe de vulnerabilidad para préstamos de libro escolar, informe de vulnerabilidad para la castración de animales… “Es decir, en unos años se ha dado tal crecimiento de lo que son los informes de vulnerabilidad o de riesgo social, que debemos buscar una definición de ver quién lo va a asumir, porque aunque ponga servicios sociales, servicios sociales somos todos”, explica Coralia Calderín. 

Esta redacción documentó el pasado año el caso de Emilio, un hombre que está actualmente en riesgo de perder su vital ayuda a la vivienda si no presenta el informe de vulnerabilidad que acredite que su situación económica y social no ha cambiado en el último año. El documento se lo requiere el Instituto Canario de Vivienda (ICAVI), que asegura que desde septiembre no ha recibido el preceptivo informe del consistorio. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria alegó que no tiene competencias en materia de vivienda, que las tiene el Gobierno de Canarias. 

El consistorio aseguró entonces que esta es una situación “a la que nos enfrentamos todos los municipios de Canarias y que hemos planteado a través de la Federación Canaria de Municipios (FECAM)”. No obstante, aclararon que “los servicios sociales del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria pueden atender a esta persona en caso de que necesite alguna otra ayuda, como, por ejemplo, ayuda a domicilio”. 

Por su parte, el Instituto Canario de Vivienda insistió entonces en que los informes de vulnerabilidad “son competencia de los ayuntamientos” y hace referencia a la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local así como a la Ley de Servicios Sociales, que en su artículo 25 recoge que “los servicios sociales de atención primaria y comunitaria constituyen el primer nivel de atención del sistema público de servicios sociales”. 

El Colegio de Trabajo Social coincide en parte con ambas afirmaciones. Coralia Calderín señala que “nos regimos por el principio de proximidad y el profesional de referencia está colocado en atención primaria comunitaria. Eso sí es cierto, pero es que cuando ya hablamos y áreas concretas, como puede ser vivienda o educación, ya es que ahí estamos hablando de especializados”. 

“Es complicado porque entre la amplitud que da la ley, el margen tan amplio que da la ley, tanto en atención primaria como en comunitaria, como las propias limitaciones que te puedes encontrar cuando te preguntan por una familia o por un núcleo familiar donde tampoco tienes una información muy amplia como para poder llegar a declarar una vulnerabilidad…”, reflexiona Coralia Calderín. 

Sobre la disparidad entre ayuntamientos, que algunos contesten con estos informes y otros no, Calderín remarca que “todos los ciudadanos y ciudadanas deberíamos tener la misma respuesta, o si no las mismas, por lo menos las más homogéneas posibles. Pero claro, unos ayuntamientos, debido al volumen de demanda y a la carga que tienen, se niegan a hacer estos informes y a contestar, pero otros ayuntamientos sí que lo están haciendo”, incide. Por ello, cree que es un tema que debe tratarse en la FECAM y poner apuestas en común. 

Desde la FECAM afirman a este periódico que se ha trasladado a la Consejería esta petición en diferentes reuniones mantenidas, es decir, la necesidad de abordar la dotación de financiación del marco legal aprobado en Canarias como es el catálogo de servicios sociales para contar con recursos adecuados.

Qué propone el Colegio de Trabajo Social

“Entonces, ¿desde el colegio qué es lo que planteamos? Pues la necesidad de, en el caso de que atendiendo al principio de proximidad se quiera dar o se valore la necesidad que se dé respuesta de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, hay que dotar a los equipos entonces para que se amplíen las plantillas para poder emitir estos informes”, resume Calderín. 

“Cuando nos vamos al plan concertado, que digamos es el marco donde se financia la estabilidad de los servicios sociales de las administraciones municipales, la renta ciudadanía tiene su partida, ayuda a domicilio tiene su partida, menores tiene su partida, atención primaria y comunitaria tiene su partida. Pues a lo mejor es hora de que nos empecemos a plantear si para emitir la cantidad de informes de vulnerabilidad que están llegando a los ayuntamientos se va a requerir equipos para ello también”, remarca esta portavoz del Colegio de Trabajo Social de Las Palmas. 

Calderín explica que no es una cuestión solo de volumen de trabajo sino de ausencia de modelos, de la necesidad de establecer uno. Asimismo, incide en la importancia de la coordinación, algo que viene recogido en la ley. La trabajadora social también menciona la falta de previsión que muchas veces se da cuando se ponen en marcha nuevas prestaciones y no se dota de los equipos necesarios. “Hay que prever el efecto que eso va a tener y el impacto que va a tener después en la carga laboral de esos profesionales que van a tener que emitirlos. Porque creo que es que no se contempla, e insisto, o bien como organismos autónomos que se doten de sus propias plantillas de valoración y de cumplimiento de requisitos de las personas para acceder a los servicios, o bien, si se tiene que hacer por principio de proximidad en atención primaria comunitaria, que se contemple el aumento presupuestario, el aumento de las plantillas en el marco de financiación como es el plan concertado a los servicios municipales”, apunta. 

Además, recuerda que los informes no pueden sacarse a un ritmo frenético, puesto que se trata de historias de vidas, realidades de personas y familias. El procedimiento establece que esos informes deben realizarlos en diez días. 

Emilio tiene 64 años y cobra actualmente 517 euros de una prestación no contributiva ya que al no tener el mínimo de años cotizados no ha podido tramitar una prestación por incapacidad. Tiene una discapacidad del 79%, además de reconocido el grado I de dependencia y percibe por ello 180 euros. Su mujer es su cuidadora y no tiene otro empleo. También tiene dos hijos jóvenes, uno estudiando y la mayor en búsqueda de empleo. Es un ejemplo de una de tantas personas que pueden verse en la tesitura de que ninguna administración le haga el informe de vulnerabilidad social por este conflicto de competencias.

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