Absuelto el guardia civil “prisionero de la insularidad”
El Tribunal Militar que juzgó a un guardia civil en Tenerife el pasado 4 de diciembre lo ha absuelto de los dos presuntos delitos de abandono de residencia de los que se le acusaba y por los que el fiscal solicitaba seis meses y dos días de prisión.
Así lo ha informado este martes la Asociación Unificada de Guardia Civiles, que ha informado de que sus servicios jurídicos han logrado esta absolusión.
Los hechos ocurrieron cuando el guardia civil destinado en el acuartelamiento de Las Américas se encontraba de baja médica y tras sufrir un accidente de circulación durante el verano de 2024 se desplazó a la Península con el objetivo de visitar y poder ser atendido por sus familiares.
El guardia civil había solicitado para ello el cambio de residencia temporal denegado por el Jefe de Comandancia “sin que existiera contraindicación médica para el traslado, y sin que el guardia civil juzgado hubiera dejado de acudir a todas las citas y entrevistas médicas a las que fue emplazado, o incluso sin dejar de atender los llamamientos realizados en todo momento por su jefes”, destaca AUGC.
Inicialmente, tales hechos motivaron la apertura de un expediente disciplinario por una infracción leve contemplada en el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, por el incumplimiento del deber de residencia, que finalmente derivó en una imputación de un delito de abandono de residencia tras elevar lo inicialmente actuado a un Tribunal Militar.
La apertura de juicio oral se dictó en abril 2025 y el Fiscal Militar en la evacuación de sus conclusiones interesaba la condena del guardia civil acusado por la presunta comisión de los dos delitos de abandono de residencia, que podría suponerle una pena de tres meses y un día de prisión por cada uno de ellos (seis meses y dos días de prisión en total) y una pena accesoria de la suspensión de empleo, entre otras.
La AUGC decidió adoptar una serie de medidas a modo de protesta, como no personarse a la reunión semestral que el Jefe de la Comandancia mantiene con las distintas asociaciones profesionales, así como la de iniciar una campaña en medios de comunicación y portavoces de diversos grupos políticos, que tuvo como eslogan “prisionero de la insularidad”, con el objetivo de trasladar el caso que finalizó con una concentración a las puertas del Tribunal Militar de Almeyda.
En la sentencia del Tribunal Militar que lo juzgó tras varios aplazamientos de la vista se indica que el guardia civil, estando de baja, “permanece incólume el derecho a desplazarse libremente sin más limitaciones que aquellos desplazamientos que perjudiquen o no favorezcan la recuperación del enfermo”.
Estos desplazamientos serán compatibles con la ausencia de la residencia siempre que dicha ausencia no impida, entorpezca, dificulte o limite, de manera concreta y tangible, los deberes de localización, de disponibilidad y de control del guardia civil, señala el auto.
Asimismo recoge según la asociación de guardia civiles, que la baja médica del guardia civil no tiene que suponer necesariamente el encierro del enfermo y puede desplazarse siempre que mantenga sus obligaciones en su lugar de residencia y los deberes de disponibilidad, de localización y de control del paciente. Esto en este caso no ocurrió, ya que el guardia civil acusado acudió a las revisiones propuestas por parte de los servicios médicos de la Guardia Civil, asegura AUGC.
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