El Supremo confirma la pena de 28 años de cárcel para el acusado de asesinar al abogado canario Juan Betancor

Imagen de archivo de una de las sesiones del juicio por el crimen del abogado Juan Betancor, donde el hijo de la víctima, Juan Jacob Betancor (primero por la izquierda), que ejerce de abogado de la acusación particular, mira al procesado (con camisa de cuadros).

EFE

9 de febrero de 2026 19:44 h

0

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 28 años de prisión al hombre que quemó vivo al abogado Juan Betancor en su finca en Gran Canaria, el 29 de mayo de 2022, en la que vivía y trabajaba el condenado desde hacía 16 años.

La sentencia considera probado que el condenado, de 75 años, “movido por odio y resentimiento acumulado desde años atrás”, acabó con la vida de Juan Betancor de forma “cruel”, como lo había planeado, la mañana del 29 de mayo de 2022.

Cuando observó que su jefe salía de su vivienda, lo esperó en un pasillo estrecho con un cubo que había llenado de gasolina y gasoil, se lo arrojó por todo el cuerpo y le prendió fuego con un mechero, por lo que quedó envuelto de forma inmediata en llamas mientras lanzaba “gritos de dolor pidiendo auxilio a su mujer”.

De inmediato, la víctima se metió en un aljibe para apagar las llamas con el agua, pero el condenado cerró la tapa y la cubrió con un horno viejo y la puerta de un coche para evitar que pudiera salir, con el fin de “asegurar su muerte y causarle más sufrimiento y agonía”.

También amenazó de muerte con un cuchillo a la mujer de la víctima para quitarle su teléfono móvil y la dejó encerrada en la casa del matrimonio para evitar que pidiera ayuda, si bien ella logró saltar por una ventana y llegar a casa de una vecina.

La Audiencia de Las Palmas le condenó a 28 años de cárcel por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, otro de coacciones y un tercero de detención ilegal, una resolución que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias.

El condenado recurrió al Supremo solicitando una atenuación de la pena porque reconoció los hechos y alegó que había tomado alcohol y cannabis y que actuó como consecuencia de un arrebato.

Pero el alto tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, rechaza la aplicación de las atenuantes de drogadicción y/o embriaguez y de confesión así como todas sus alegaciones.

Al contrario, da cuenta de la “brutal actuación delictiva” del condenado que actuó con “crueldad” y una “persistencia en la idea de matar”, que permite hablar de “una actuación premeditada”, por lo que la pena es “proporcionada”.

Etiquetas
stats