El TSJC reafirma la diferencia entre ingenieros industriales y graduados sin máster en el acceso a la Función Pública
La Sala Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado una demanda de los colegios de Ingenieros Industriales de Santa Cruz de Tenerife (COIITF) y Canarias Oriental para anular una de las bases del proceso de pruebas selectivas convocado en noviembre de 2017 por el Gobierno de Canarias para ingresar, por turno libre, en la especialidad de Ingenieros Industriales del cuerpo de facultativos de la Comunidad Autónoma.
La sentencia de 18 de septiembre pasado deja sin efecto la base que exigía como requisito de titulación académica oficial “estar en posesión o en condiciones de obtener el título de ingeniero industrial o título universitario de grado correspondiente”, al entender que se debe mantener la dualidad de titulaciones máster-grado como equivalentes a licenciatura-diplomatura.
El pronunciamiento del TSJC tiene mayor relevancia por ser uno de los primeros a nivel nacional en estos términos, ya que viene a cuestionar la asimilación de las titulaciones de ingenieros y arquitectos antes del desarrollo del Plan Bolonia, que transformó las antiguas licenciaturas e ingenierías en grados.
El decano del COIITF, Juan Linares, se ha felicitado por el contenido del fallo del TSJC. “Esta sentencia es de enorme importancia para nuestra profesión, ya que defiende nuestros intereses y evita las injerencias e intrusismo de otras titulaciones en competencias que hasta ahora han sido y son exclusivas de los ingenieros industriales”, sostiene.
Linares Feria, afirma, asimismo, que el fallo “nos da fuerzas para seguir luchando en defensa de nuestros intereses y nos llena de orgullo y satisfacción” y advierte que de su contenido se deduce “que si alguno de los opositores que, habiendo superado todas las pruebas y habiendo obtenido plaza en esta convocatoria pública, hubiese acreditado estar en posesión de un título de grado, su concurso estaría anulado”.
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