Hay una “grave contradicción institucional” en el 112 de Castilla La Mancha. Así lo ha denunciado el padre del trabajador que fue despedido por Serveo, la empresa que gestiona este servicio, y que fue condenada por vulnerar los derechos fundamentales de este empleado.
Ahora este último trabaja en otro sitio, pero su padre ha querido manifestar a elDiario.es Castilla-La Mancha su indignación. Cree “inaceptable y alarmante” que el servicio de emergencias siga en manos de esta empresa, cuando tiene entre sus fines primordiales, precisamente, la “protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía”.
Según recuerda, el despido de su hijo se produjo por actuaciones que se apoyaron en informes elaborados por funcionarios que han sido “desacreditados y desmontados” por los tribunales, “quedando probado que los hechos en ellos contenidos, no eran ciertos”. Así lo ratificó también el Tribunal Supremo, que no admitió el recurso de casación interpuesto por Serveo.
El padre del trabajador despedido precisa que Serveo tomó “decisiones empresariales de enorme impacto personal y profesional que se sustentaron en informes falsos o, como mínimo, radicalmente alejados de la realidad, con la participación directa de responsables públicos”. “Este hecho no solo compromete a la empresa condenada, sino que cuestiona seriamente el funcionamiento de los mecanismos de control de la Administración”.
Por todo ello, ve “inadmisible” que un servicio cuya misión principal sea la de proteger a los ciudadanos en situaciones críticas, esté gestionada por una entidad que ha demostrado, mediante condena firme, un “desprecio absoluto por los derechos fundamentales” y que “lo haya hecho además con el aval de informes oficiales que los tribunales han desautorizado de forma contundente”.
La defensa de los derechos fundamentales no puede proclamarse en los discursos mientras se vulnera en la práctica
“La gravedad de los hechos no permite el silencio institucional ni la inacción. La defensa de los derechos fundamentales no puede proclamarse en los discursos mientras se vulnera en la práctica, ni puede sostenerse un servicio público esencial sobre actuaciones que han sido calificadas por los tribunales como ilegales”, agrega.
Concluye señalando que la ciudadanía de Castilla La Mancha merece un 112 “ejemplar”, gestionado con transparencia, legalidad y “respeto absoluto” a los derechos fundamentales. “Todo lo que se aleje de este estándar supone una quiebra de la confianza pública y una grave responsabilidad política y administrativa”.
Fue el pasado mes de octubre cuando el Tribunal Supremo ratificó o la sentencia que condenó a la empresa Serveo Servicios S.A.U, encargada de gestionar el Servicio de Emergencias del 112 de Castilla-La Mancha, por el despido de un trabajador y confirmó que se vulneraron sus derechos fundamentales.
El Alto Tribunal se pronunciaba así en una providencia fechada en septiembre en la que inadmitía el recurso de casación presentado por la empresa. El recorrido judicial del caso comenzó con la sentencia del Juzgado Número 1 de lo Social de Toledo, que data de julio de 2024 y que ya daba la razón al trabajador.
Se estimó entonces la demanda interpuesta por el afectado contra el despido, que se declaró nulo y se condenó a la empresa a su readmisión “inmediata”, con las mismas condiciones y derechos, incluido el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido. Además, se condenaba a abonar al trabajador un total de 7.501 euros, en concepto de daños morales.
La resolución judicial fue posteriormente confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM), tras un recurso de suplicación interpuesto por Serveo, resuelto en enero de este año 2025. Contra aquella resolución la empresa volvió a recurrir, sin éxito.
Este medio se ha puesto en contacto con la Consejería de Administraciones Públicas para recabar su opinión sobre estas declaraciones. Por el momento no ha habido respuesta.