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La Junta de Castilla y León adjudica un contrato de más de 100.000 euros a la pareja de uno de sus cargos de confianza

El consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones.

Laura Cornejo

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La Junta de Castilla y León adjudicó el pasado mes de febrero un contrato de más de 100.000 euros a la pareja del actual jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente. Lo hizo a través de un procedimiento negociado sin publicidad, esto es, con invitación directa a quienes el Gobierno autonómico estimó oportuno, y mediante un cúmulo de irregularidades que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente no ha justificado a pesar de las preguntas de este diario.

La Consejería decidió el año pasado que había que externalizar el servicio de comunicación para el Operativo para la prevención y extinción de incendios forestales y la gestión de la cuenta de Twitter @naturalezacyl con un informe en el que asegura que carece de medios suficientes para llevarlo a cabo con su personal, como siempre había ocurrido. Así, el 11 de junio de 2021 sacó una licitación abierta para realizar e implantar un plan de divulgación y comunicación y la gestión de comunicación durante la campaña de incendios incluyendo la cuenta de Twitter durante 28 meses con un presupuesto máximo de 154.033.00 euros. Tan sólo concedía 17 días de plazo para la presentación de ofertas.

La licitación abierta quedó en nada. En septiembre la Consejería optó por un procedimiento negociado sin publicidad haciendo referencia a una orden de 28 de julio que no fue publicada en la Plataforma de Contratación del Estado pero que sí se ha facilitado a elDiario.es. En esa orden se declaró desierto el concurso porque nadie se había presentado.

Un concurso desierto

Agencias consultadas por este diario aseguran que, a pesar de que el confinamiento del año anterior dejó sus cuentas tocadas, presentarse a esa licitación era “prácticamente imposible” tanto por las exigencias administrativas como por el propio pliego, que algunas consideran un “auténtico embrollo” y por el escaso plazo que se dio. “Entre otras muchas cosas exigían que te desplazases a un incendio en media hora. Eso es imposible incluso si tienes a una persona en cada provincia, pero además se pedía disponibilidad total los siete días, para eso no basta una persona por provincia tienes que tener al menos dos”, aseguran. Después de un año de pandemia, con los eventos paralizados, las agencias de comunicación no vieron una oportunidad de negocio en ese contrato público “si se cumplían los pliegos” porque “salía a pagar”.

De este modo, la Consejería eligió a los futuros licitadores cursando invitaciones a quien consideró oportuno el 4 de noviembre de 2021. Dos agencias de comunicación y dos personas físicas, que en ese momento no tenían inscrita empresa alguna en el Registro Mercantil: una mujer de un asesor de la Dirección General de Patrimonio Natural (perteneciente a la Consejería y cuyo titular formalizó el contrato con la adjudicataria final) y otra pareja de un funcionario de Medio Ambiente que desde el pasado mes de agosto es jefe del Servicio Territorial de Valladolid. Solo esta última y una agencia presentaron oferta.

“Exenta de IVA”

La oferta de la agencia era de 111.720 euros, que con el 21% de IVA hacía un total de 135.181,20 y la de la pareja del funcionario era de 127.000 euros “exenta de IVA”, tal y como aparece en el expediente. Aunque el pliego hacía constar que había que aportar la oferta económica y el total sumando el IVA, se aceptó una oferta que directamente omitía el pago de impuestos. Según ha podido saber este diario, se comunicó a la agencia que su propuesta era la más barata. De ese modo, estaba dando por hecho que había que sumar el IVA a la de su oponente y que el montante final superaba el de la agencia.

Sin embargo, como el “único aspecto objeto de negociación” por parte de la Consejería era el precio, se solicitó a los licitadores la mejora o ratificación de las ofertas. La agencia no presentó oferta de negociación, pero la otra licitadora sí: bajó su oferta económica hasta los 104.000 euros, de forma que mejoró la de la agencia y se hizo con el contrato, pero por estar “exenta de IVA”. La adjudicación se produjo el 16 de febrero y se formalizó el contrato un mes después.

La Consejería no aclara por qué recurre a dos particulares que carecen de empresa, pero asegura que la adjudicataria “figura en el apartado de licitadores y contratistas del sistema de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma, al menos desde julio de 2021” —momento en que la licitación había quedado desierta— por lo que “es susceptible de participar en la adjudicación de contratos”. El registro de licitadores sirve para simplificar trámites acreditando una sola vez la capacidad para contratar o estar al corriente de pago de impuestos o seguridad social. Lo que la Consejería omite es que en el propio pliego se hace referencia siempre a empresas y que la adjudicataria inscribió la suya en el Registro Mercantil el pasado 16 de junio de 2022, antes sólo pudo acreditar que era autónoma.

Mientras desde la Consejería se precisa que el pliego “se cumple”, la afirmación es más que cuestionable dadas las quejas de los propios trabajadores del operativo de incendios que han criticado abiertamente en las redes la externalización del servicio de comunicación y la forma de dar la información. Uno de los cometidos que se marcan en el pliego es el envío de dos partes diarios de incendios a los medios de comunicación: uno a las 10.00 de la mañana y otro a las 19.00. Los retrasos han sido continuos, en algún caso de hasta seis horas y media, y en muchos casos con información también desfasada.

Trabajadores de la adjudicataria

La Consejería se niega además a concretar cuántas personas trabajan en ese servicio de comunicación, si bien el pliego deja muy claro que debe saber quiénes conforman el equipo. En una primera respuesta a este diario llegaron a afirmar que “no figura en pliego que tenga que contratar a tantas o cuantas personas, simplemente tiene que dar el servicio”.

“La empresa nos ha presentado a tres personas que de una u otra forma participan en la ejecución del contrato, pero desconocemos, porque no tenemos por qué conocerlo, en qué medida se dedican a esta prestación, cuál es su relación laboral o si hay otras personas a mayores total o parcialmente dedicadas a ello. La responsabilidad de la empresa es cumplir las exigencias del pliego y por ahora las está cumpliendo satisfactoriamente”, afirmaron.

En la memoria se indica claramente que “el equipo de trabajo asignado para el desarrollo efectivo de los trabajos tendrá una composición mixta en relación al género, con inclusión de mujeres y hombres, sin que resulte necesario alcanzar la paridad”. Además, en las prescripciones técnicas se especifica que “el personal adscrito al servicio deberá estar permanentemente localizable por teléfono para atender a los medios de comunicación y ser consultado o movilizado en cualquier momento durante la prestación del servicio (incluidos sábados, domingos y festivos). En caso de ser movilizado deberá personarse en las dependencias de la Dirección General o desplazarse hacia el lugar del suceso que requiera cobertura informativa en menos de 30 minutos. El desplazamiento se hará con medios propios”. Este requisito vuelve a demostrar que la adjudicataria ha tenido que informar a la Consejería sobre el personal que contrata.

Pero aún hay más elementos dentro del pliego que indican que la Consejería está al tanto del personal que forma parte de ese contrato, porque en otro apartado se indica expresamente: “La empresa adjudicataria podrá reemplazar al personal asignado al equipo de trabajo garantizando la continuidad del servicio, el nivel de cualificación y experiencia. Además, establecerá las medidas necesarias para mantener el nivel de cualificación y experiencia del servicio en caso de enfermedad, baja del personal, vacaciones reglamentarias, huelgas u otras causas análogas, asegurando la continuidad del mismo o los servicios mínimos que procedan. La Dirección General autorizará dichos cambios de personal asignado y podrá solicitar la sustitución del personal adscrito al servicio justificando su decisión. Dicha sustitución será obligatoria para la empresa adjudicataria y se realizará de forma inmediata, sin que se afecte la prestación del servicio”.

Es decir, no hay manera de argumentar que la Consejería no tiene datos concretos del número de trabajadores en tanto en cuanto la empresa debe informar de cualquier cambio y esperar su autorización por la propia Administración.

Aun así, desde la Consejería, a quien este diario insistió para que aclarase su respuesta, afirman que “la composición mixta del equipo de trabajo” es una de las “condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden, que trata de favorecer la incorporación de la mujer al ámbito profesional, y que será objeto de comprobación y exigencia formal por parte de la administración a lo largo de la vigencia del contrato”.

Asegura además que el personal adscrito al servicio “se mantiene permanentemente localizable ya que dispone de un correo electrónico único y un número de teléfono también único de referencia y contacto, que está permanentemente atendido”. Pese a que el contrato contempla que puede ser necesario que este personal se desplace a las zonas de incendio y se han registrado dos de especial importancia como el de Sierra de la Culebra y Losacio en Zamora “no se ha requerido el desplazamiento del personal adscrito al contrato a puntos distintos de la sede de la Consejería, resolviéndose satisfactoriamente todas las comunicaciones necesarias por vía telemática”. Aclara además la Consejería que “desplazarse al lugar del suceso en menos de 30 minutos no puede asimilarse con personarse en menos de 30 minutos”

Por último, respecto a dar por buena una propuesta sin IVA y declararla “exenta” desde Fomento y Medio Ambiente no aclaran cómo se obvia el 21% obligatorio en un contrato de servicios y que además se exigía presupuestar. “La mesa de contratación no encontró impedimento de legalidad”, zanjan. Fuentes jurídicas han asegurado a elDiario.es que una exención de IVA es “extremadamente rara” en una licitación de este tipo, que además provoca un agravio comparativo con las empresas que participaron con el concurso y que, en todo caso, siempre debe precisarse tanto en la adjudicación como en la formalización del contrato a qué obedece la exención, algo que la Consejería insiste en ocultar.

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