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El Supremo y la Audiencia Nacional blindan a García Castellón ante la fase decisiva del caso Tsunami

El juez Manuel García Castellón a su llegada a la Audiencia Nacional

Oriol Solé Altimira

Barcelona —

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Salvo giro de guion, el juez que más quebraderos de cabeza ha traído al independentismo en los últimos meses seguirá al frente de una de las causas que pueden complicar la ley de amnistía. El magistrado Manuel García Castellón encara la fase decisiva de la instrucción del caso Tsunami Democràtic blindado por varias decisiones de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo.

La Audiencia Nacional ha desestimado todos los intentos de las defensas, algunos apoyados por la Fiscalía, para que el magistrado se quedara sin el caso Tsunami. El aval al grueso de las decisiones adoptadas por el instructor ha supuesto un espaldarazo a la polémica reactivación, coincidiendo con la negociación de la amnistía, de una causa por terrorismo varada desde hacía años.

Entre las defensas del caso ha sorprendido en especial el hecho de que la Sala de lo Penal, encargada de revisar las decisiones de García Castellón, no entrara a valorar el fondo de la petición para apartar al juez por sus declaraciones contra la amnistía en una conferencia del periódico La Región en Ourense, presentado por el empresario de extrema derecha Julio Ariza.

La Sala rechazó la petición de recusación formulada por el dirigente de Òmnium Cultural Oleguer Serra en base a un “defecto formal insubsanable”: la falta de un poder especial de recusación del magistrado que indicara el número de procedimiento y la causa de recusación.

Se da la circunstancia que ese formalismo al que se agarró la Sala de lo Penal para evitar valorar el fondo de la petición para apartar a García Castellón no fue obstáculo en otros casos seguidos en el tribunal especial para impedir de plano el estudio de una recusación.

El precedente está en una de las piezas del caso Gürtel, de corrupción del PP. El expresidente valenciano Francisco Camps solicitó apartar en 2021 a uno de los jueces del tribunal encargado de juzgarle, José Ricardo de Prada. Pero, al igual que el investigado por Tsunami, tampoco aportó en su petición el poder especial necesario para recusar al magistrado. El error fue advertido a Camps por parte del letrado de administración de Justicia del juzgado, que le dio cinco días para “proceder a subsanar” el error y entregar el poder. Así lo hizo el expresidente valenciano, y la petición de recusación siguió su curso. 

Al final, la Audiencia Nacional terminó rechazando la recusación del juez planteada por Camps, al constatar que carecía de fundamento y estaba basada en recortes de prensa. Pero sí estudió el fondo de la petición de Camps, aunque después la rechazara. Esto no ha ocurrido en Tsunami. Al apreciar un error formal como suficiente para no entrar en el fondo, y tampoco encargar su subsanación, la Sala no entró a valorar si las palabras de García Castellón contra la amnistía le impedían seguir al frente de Tsunami.

En el caso Tsunami, la defensa de Serra, que ejerce el penalista Benet Salellas, prevé acudir hasta el Tribunal Constitucional para argumentar que la Audiencia Nacional vulneró sus derechos al rechazar estudiar la recusación de García Castellón por un formalismo y no ofrecerle la posibilidad de subsanarlo.

El respaldo del Supremo y el terrorismo

La otra pata del aval de la Audiencia Nacional a la instrucción ha venido del Tribunal Supremo. Tras semanas de disputas entre fiscales, el pasado mes de febrero el Alto Tribunal decidió aceptar la exposición razonada que García Castellón había enviado en noviembre y se quedó el caso Tsunami respecto al expresident y eurodiputado Carles Puigdemont y el parlamentario de ERC Rubén Wagensberg.

Durante todo el tiempo en que el Supremo decidía si se quedaba todo o parte del caso Tsunami –el Alto Tribunal acordó que el resto de diez investigados, entre ellos la secretaria general de ERC, Marta Rovira, siguieran bajo investigación de García Castellón– la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no resolvió el recurso clave del caso. Se trataba de la impugnación del delito de terrorismo realizada tanto por la Fiscalía –que no apoyaba la recusación del juez– como por las defensas del caso.

El pasado 18 de marzo, la sección 3ª de la Sala de lo Penal rechazó el recurso del fiscal, toda vez que el Supremo ya zanjó que las protestas de Tsunami sí podían investigarse por terrorismo. “Sobre la naturaleza y calificación jurídica de estos hechos se ha pronunciado el Tribunal Supremo”, se limitaba a recoger el auto, para después reproducir íntegramente algunos de los argumentos del Alto Tribunal.

Algunas defensas de la causa ven una “maniobra” del juez: antes de esperar a que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional resolviera el recurso de la Fiscalía contra la imputación por terrorismo, García Castellón elevó el caso al Supremo, tribunal que marca criterio para el resto de jueces. En suma, el planteamiento del Supremo avalando el terrorismo dejaba nulo margen de maniobra a los recursos.

Sin embargo, cabe resaltar que el aval de la Sala a García Castellón no se ha limitado al delito de terrorismo o a negarse a apartarle, sino que se ha extendido a casi todas las decisiones que el juez ha tomado desde que en noviembre reactivara el caso Tsunami. Ya sea investigar una protesta contra el rey o las peticiones de informes a autoridades e instituciones diversas que, paradójicamente, han desmentido la hipótesis terrorista esbozada por el instructor.

La única corrección de la Sala –a quien no ha temblado el pulso en otros casos para revertir decisiones de García Castellón o instarle a decir por qué mantenía en secreto el caso Tsunami durante tres años– al instructor se ha producido en relación al revés que propinó Suiza a localizar a Rovira. El juez decidió investigar él mismo la supuesta filtración de la respuesta helvética a la prensa, pero la Sala le obligó a derivar las pesquisas a los juzgados de instrucción de Madrid.

El posible error en el plazo de instrucción, pendiente

La única esperanza que las defensas del caso tienen en poder apartar a García Castellón es un número: 324. Es el artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que regula los plazos de instrucción y que, según los independentistas, García Castellón vulneró, lo que, a su juicio, aboca el caso al archivo.

Los investigados informaron al Supremo de ese error del juez antes de que el Alto Tribunal se quedara con parte del caso Tsunami. Fue un intento fallido de frenar la imputación de Puigdemont y Wagensberg. Alegaron las defensas que García Castellón acordó un día más tarde de lo que le obligaba la ley la prórroga para investigar la causa en 2021, lo que debía llevar a anular el caso desde esa fecha. Pero el Supremo no ha respondido a la petición de las defensas. También están pendientes de resolver los recursos sobre esta cuestión en la Audiencia Nacional, así como los relativos a la investigación de la trama rusa decidida por el instructor.

Todo ello cuando el caso, una vez recabados la mayoría de informes que el juez requirió en noviembre, entra ya en su fase decisiva: el momento de citar a testigos e investigados, en paralelo a la aprobación de la ley de amnistía a finales de mayo, que el instructor debe aplicar en un plazo de dos meses. Salvo que la petición del 324 tenga éxito, García Castellón solo dejará el caso Tsunami por jubilación: el juez está obligado, por edad, a retirarse de la carrera judicial el próximo mes de octubre.

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