Los seres humanos hacemos la historia en condiciones independientes de nuestra voluntad.
La última zancadilla a la ley de amnistía
Lo que está ocurriendo con la todavía no aprobada ley de amnistía es algo insólito. Ha sido el tema central del discurso del primer candidato a la investidura designado por el Rey tras las elecciones del 23J. Alberto Núñez Feijóo se pasó el mes de septiembre hablando de la ley de amnistía, en lugar de hablar del programa de Gobierno con el que se presentaría ante el Congreso de los Diputados para solicitar la confianza de la Cámara. Aitor Esteban resumió perfectamente esta anomalía en su intervención de réplica en el debate de investidura: “Núñez Feijóo o amnistía… pues amnistía”.
Se han convocado manifestaciones contra la ley en Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga…Tanto por parte del PP como por parte de Vox o Sociedad Civil Catalana. Se han celebrado actos en el Ateneo con participación destacada de Felipe González y Alfonso Guerra. Y se seguirán convocando más actos de diversa índole antes de que la ley esté publicada en el BOE e incluso después. Se trata de algo insólito nunca visto antes ni dentro ni fuera de nuestras fronteras.
Pero más insólito todavía que estas reacciones por parte de partidos políticos o asociaciones cívicas han sido las reacciones de órganos constitucionales, como el Senado, que convocó una sesión de la Comisión General de las Comunidades Autónomas para debatir y pronunciarse sobre una ley de amnistía cuyo texto no era conocido siquiera o como el Consejo General del Poder Judicial, cuyo presidente ha convocado para el próximo lunes un Pleno, a petición de ocho de sus miembros, para pronunciarse sobre la ley de amnistía.
La convocatoria de la Comisión General de las Comunidades Autónomas es sorprendente, pero tiene cabida en nuestro ordenamiento. No hay nada en el Reglamento del Senado que impida dicha convocatoria. La del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el contrario, no tiene cobertura jurídica posible, ni en la Constitución ni en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los miembros del CGPJ que no estén de acuerdo con la convocatoria no deberían limitarse a no asistir, sino que, en mi opinión, deberían interponer un recurso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
El Senado, la mayoría absoluta del PP en el Senado, parece que no quedó satisfecha con la convocatoria de la Comisión General de las Comunidades Autónomas, y está preparando lo que podríamos denominar la última zancadilla a la Ley de Amnistía. Zancadilla que consistiría en que, cuando la proposición de ley aprobada por el Congreso por el trámite de urgencia llegue al Senado, la Mesa no aceptaría la tramitación por dicho trámite.
Esto ya lo hizo el Senado en 1996 con Alberto Ruiz Gallardón como presidente. En ese año se trataba del Proyecto de Ley Orgánica sobre regulación de la interrupción voluntaria del embarazo que había sido aprobada por el Congreso de los Diputados por el trámite de urgencia solicitado por el Gobierno, entonces en manos socialistas. La Mesa del Senado decidió, en el último mes de la legislatura iniciada en 1993, no admitir a trámite la declaración de urgencia del Gobierno y decidió que el Proyecto de Ley se tramitara por la vía ordinaria. El objetivo del PP era ganar tiempo hasta las elecciones generales de marzo de 1996, que según diversas encuestas darían la victoria a la derecha, y ya la nueva mayoría se encargaría de hundir el proyecto legislativo.
El Gobierno promovió un conflicto entre órganos constitucionales contra la decisión de la Mesa del Senado, conflicto que el Tribunal Constitucional resolvería dando la razón al Gobierno y declarando, en consecuencia, que la Mesa del Senado había actuado de manera anticonstitucional. Pero lo haría en el año 2000, en la STC 234/2000, de 3 de octubre, cuando el PP llevaba ya cuatro años en el poder. De este modo el PP consiguió salirse con la suya e impidió que se aprobara la Ley de interrupción del embarazo.
La diferencia entre el trámite ordinario y el de urgencia consiste en que, en el trámite ordinario, el Senado tiene que pronunciarse en el plazo de dos meses sobre el texto aprobado por el Congreso, mientras que en el trámite de urgencia tiene que hacerlo en veinte días. En 1996, con volverlo ordinario fue suficiente para impedir la aprobación de la ley.
Ya veremos qué ocurre en 2023-2024. Dado el precedente de 1996, el PP ha iniciado el procedimiento de reforma del Reglamento del Senado, con la finalidad de dar cobertura jurídica a una posible decisión de la Mesa del Senado de no aceptar la decisión del Congreso de la tramitación de la proposición de ley de amnistía por el trámite de urgencia. La reforma que se está proponiendo del Reglamento del Senado es anticonstitucional y así lo acabará siendo declarada por el Tribunal Constitucional. Pero la sentencia tardará en ser dictada.
En este caso, sin embargo, el PP no puede salirse con la suya, sino que simplemente retrasará unas semanas la entrada en vigor de la ley, pues, según todo parece indicar, y a diferencia de lo ocurrido en 1996, tendrá enfrente un Gobierno y un Congreso progresistas que echarán por tierra sus planes y sortearán la zancadilla que pretende ponerles el PP desde el Senado. Pero es un indicador más de lo que nos espera en esta legislatura, si definitivamente Pedro Sánchez acaba siendo investido presidente del Gobierno.
Sobre este blog
Los seres humanos hacemos la historia en condiciones independientes de nuestra voluntad.
64