Bruselas pide el fin de las ayudas públicas para las empresas con vínculos con paraísos fiscales
Que las empresas con vínculos con paraísos fiscales no reciban ayudas. Es lo que ha pedido este martes la Comisión Europea: que los Estados miembros no concedan apoyo financiero a empresas que tengan vínculos con países que figuren en la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. “También se deben aplicar restricciones a las empresas condenadas por delitos financieros graves, como fraude financiero, corrupción o impago de impuestos y obligaciones en materia de seguridad social, entre otros”, afirma Bruselas.
La vicepresidenta de Competencia, Margrethe Vestager, ha afirmado: “Nos encontramos en una situación sin precedentes, en la que se conceden a las empresas volúmenes excepcionales de ayuda pública en el contexto de la pandemia de coronavirus. En estas circunstancias, resulta particularmente inaceptable que las empresas receptoras de ayudas públicas mantengan prácticas de elusión fiscal en las que intervengan paraísos fiscales. Ello constituiría un uso abusivo de los presupuestos nacionales y de la UE, en detrimento de los contribuyentes y de los sistemas de seguridad social. Conjuntamente con los Estados miembros, queremos asegurarnos de que esto no ocurra”.
La Comisión Europea explica “que la pandemia de coronavirus ha requerido un esfuerzo sin precedentes, que incluye importantes ayudas financieras para proporcionar liquidez y capital a las empresas. En este contexto, varios Estados miembros manifestaron su voluntad de adoptar normas para restringir el acceso a este apoyo por parte de las empresas que mantienen prácticas de elusión fiscal en las que intervienen paraísos fiscales o que han sido condenadas por delitos financieros”.
La recomendación de hoy de Bruselas busca proporcionar un modelo a los Estados miembros, acorde con la legislación de la UE, sobre la manera de evitar que las ayudas públicas se utilicen en estructuras de fraude o evasión fiscal, elusión fiscal y blanqueo de capitales o para la financiación del terrorismo.
“En particular, no deben recibir apoyo público las empresas que tengan vínculos con países y territorios no cooperadores a efectos fiscales de la lista de la UE (es el caso, por ejemplo, cuando una empresa tiene su residencia fiscal en uno de ellos)”, afirma Bruselas: “Al mismo tiempo, la Comisión está dispuesta a analizar con los Estados miembros los planes específicos de estos para garantizar que la concesión de ayudas estatales, en particular en forma de recapitalizaciones, se limite a las empresas que pagan la proporción de impuestos que en justicia les corresponde”.
La Comisión, en todo caso, recomienda excepciones: “Aunque mantengan vínculos con países y territorios no cooperadores a efectos fiscales según la lista de la UE, las empresas deben poder acceder a la ayuda financiera en determinadas circunstancias. Este podría ser el caso, por ejemplo, de las empresas que demuestren haber abonado un impuesto adecuado en el Estado miembro durante un determinado periodo de tiempo (por ejemplo, los últimos tres años) o que acrediten una presencia económica real en el país de la lista. Se aconseja a los Estados miembros que introduzcan sanciones adecuadas para disuadir a los solicitantes de facilitar información falsa o inexacta”.
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