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Trabajo detecta “inconstitucionalidad” en los Presupuestos de Ayuso al rescatar el extinto “contrato por obra y servicio”

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

Daniel Yebra

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha detectado una “posible” inconstitucionalidad en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 al rescatar el extinto contrato por “obra y servicio” en uno de sus artículos. El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso defiende que “la Ley de Presupuestos no favorece los contratos temporales. Simplemente, en alusión a una disposición de la Reforma Laboral de 2021, recoge que se podrán mantener prorrogados los contratos por obra y servicio que se firmaran en el mismo 2021”.

Por su parte, el Ministerio de la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz denuncia en un informe al que ha tenido acceso elDiario.es que el Ejecutivo regional estaría incumpliendo “la Constitución y la Ley en materia laboral con el único objetivo de precarizar el empleo”. La desaparición del contrato por obra y servicio fue uno de los cambios más importantes de la Reforma Laboral que entró en vigor a finales de 2021 y que ha favorecido una inédita reducción del trabajo temporal y un elevado ritmo de creación de empleo, hasta rozar actualmente los 21 millones de afiliados a la Seguridad Social. Una evidencia ante la que se han rendido la Comisión Europea y la mayoría de instituciones y centros de análisis nacionales e internacionales.

La denuncia de Trabajo señala que la Comunidad de Madrid introdujo en el artículo 37 de su Ley de Presupuestos de 2024, que se publicó a finales de diciembre del año pasado, la facultad de formalizar contratos “de carácter temporal para la realización de obras o servicios en una serie de supuestos con cargo a los créditos de inversiones”.

“Este artículo no se ajusta a la legislación laboral, ya que el Estatuto de los Trabajadores (ET) no permite la celebración de contratos por obra o servicio, y circunscribe los contratos temporales a dos supuestos muy específicos (circunstancias de la producción o sustitución de persona trabajadora)”, incide el informe del Ministerio. “Por tanto, el legislador autonómico estaría intentando introducir una nueva modalidad de contrato de trabajo en la legislación laboral, cuando el Estado es el único que puede regular estas cuestiones. De ser así, la Comunidad de Madrid estaría incurriendo en una clara vulneración del orden constitucional de distribución de competencias”, continúa el mismo documento.

El Ministerio de Yolanda Díaz ha emitido este informe a solicitud del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, que ya dispone de él y que debe decidir ahora si eleva un recurso al Tribunal Constitucional. elDiario.es ha consultado al Gobierno de la Comunidad de Madrid sobre este asunto. Fuentes del Ejecutivo del Partido Popular (PP) justifican que “los contratos por obra y servicio” incluidos en sus Presupuestos de 2024 están en relación con la “disposición transitoria tercera” de la propia Reforma Laboral.

Esta disposición apunta a que “este tipo de contratos que se hayan firmado en 2021 se podrán prorrogar tres años más. Es a eso a lo que se refiere el artículo de la Ley de Presupuestos”, especifican desde la Comunidad de Madrid.

La redacción del artículo en cuestión de la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid entra en una contradicción. Por un lado, recoge efectivamente que “las diferentes Consejerías y organismos autónomos y entes de derecho público [...] podrán formalizar durante el año 2024, con cargo a los respectivos créditos de inversiones, contrataciones de personal de carácter temporal para la realización de obras o servicios”, según un par de requisitos. Por otra parte, el punto 4 del mismo texto traslada que estos “contratos habrán de ser informados, con carácter previo a su formalización, por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid que, en especial, se pronunciará sobre la modalidad de contratación utilizada y la observancia en las cláusulas del contrato de los requisitos y formalidades exigidos por la legislación laboral”.

Esta redacción contradictoria del artículo alienta las dudas sobre su interpretación, aunque su espíritu general es “revertir aspectos fundamentales de la Reforma Laboral del Gobierno de coalición, introduciendo fórmulas de temporalidad en las contrataciones que lleva a cabo de forma ilegal”, recalca el Ministerio de Trabajo.

“El Ministerio de Trabajo y Economía Social va a llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para impedir que la Comunidad de Madrid intente volver a introducir contratos temporales y precarios, llegando hasta el Tribunal Constitucional si es necesario”, prosiguen desde el departamento de la vicepresidenta segunda.

En cuanto al procedimiento de impugnación de las normas autonómicas, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática es el competente de promover los recursos de inconstitucionalidad. Una vez recibido el informe de Trabajo, puede tomar dos vías. La primera consistiría en negociar con la Comunidad de Madrid hasta llegar a “un acuerdo interpretativo” o un acuerdo para modificar la Ley de Presupuestos. La segunda, la interposición directamente de un recurso ante el Tribunal Constitucional.

Para la modificación de la primera vía hay nueve meses de plazo. Para la segunda, solo tres meses. La Ley de Presupuestos de la Comunidad se publicó el 27 de diciembre de 2023, por lo que este último plazo se cumple el próximo miércoles. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional contempla que, antes de esa fecha, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática debería haber recabado los informes pertinentes y propondría al Consejo de Ministros que instase al presidente del Gobierno a la interposición del recurso. Para que esto ocurra, solo queda un Consejo de Ministros, el del martes de Semana Santa.

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