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Educación intenta tranquilizar a los padres del colegio Compañía de María en Badajoz

Entrada al centro / G. M.

elDiarioex

La Consejería de Educación y Empleo velará para que la calidad de la enseñanza y los derechos del alumnado y familias del colegio concertado Santa María Assumpta, de Badajoz, no se vean perjudicados por cuestiones mercantiles o laborales que habrán de resolverse en el ámbito del derecho laboral, dice la consejería en un comunicado.

La Administración educativa manda así un mensaje para intentar tranquilizar a los padres de los alumnos y alumnas de este centro que, a raíz de las noticias referidas a algunos despidos de profesores ocasionados tras el cambio de titularidad del centro, han expresado su preocupación, creándose una cierta alarma social.

Este colegio concertado de la Compañía de María fue vendido a un empresario particular, y ahora éste se lo alquila a una cooperativa de profesores, algunos de los cuales han sido despedidos por no entrar en la misma.

Al margen de los contenciosos laborales que pudieran promoverse por parte de los profesores despedidos y que deberán resolverse mediante sentencia judicial, la Consejería de Educación afirma que mantendrá el concierto educativo con este centro en los mismos términos que ha venido funcionando hasta ahora.

Cumple los requisitos

En cuanto al cambio de titularidad de un centro privado concertado, como es el caso del acontecido en el Colegio Santa María Assumpta de Badajoz, es un trámite administrativo que se produce “con cierta frecuencia” y que requiere un cambio en la autorización del concierto mediante resolución de la Consejería de Educación y Empleo.

El cambio de titularidad del Colegio Santa María Assumpta está en curso actualmente y pendiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ya que el centro cumple con todos los requisitos que establece la legislación vigente, según la Junta

A la Consejería de Educación y Empleo “solo le compete la autorización de la modificación del concierto y la autorización de las enseñanzas a impartir y las unidades concertadas, las cuales no varían con el cambio de titularidad”.

Aunque este centro sea concertado, la Consejería de Educación y Empleo afirma que no tiene competencia sobre otras cuestiones que pudieran estar afectando al centro, como serían la cesión de la titularidad y la revisión o rescisión de contratos laborales y mercantiles, pues estas dependen del titular del centro en el ejercicio de la autonomía recogida por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.

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