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El enterramiento por el rito islámico ya puede ser una realidad en la región

Mezquita de Badajoz / Adel Najjar

EFE

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La histórica reivindicación de la comunidad musulmana de permitir el enterramiento por el rito islámico en Extremadura ya puede convertirse en una realidad gracias al protocolo firmado por la Junta y la Unión de Comunidades Islámicas, con la salvedad de que el cuerpo se depositará obligatoriamente en un ataúd, cuyo interior, no obstante, puede ser rellenado con tierra.

Corresponde ahora a los Ayuntamientos, que tienen la competencia propia de los cementerios y actividades funerarias, facilitar el espacio para la práctica de esta inhumación de acuerdo a la normativa en materia de enterramiento y de policía sanitaria mortuoria.

Esto será posible merced al protocolo suscrito por el consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, el director gerente del Servicio Extremeño de Salud (SES), Ceciliano Franco, y el delegado de la Comisión Islámica de España en Extremadura, Adel Najjar.

“Es un paso importante para conseguir un derecho legítimo que reclamamos hace 20 años en Extremadura”, subraya Adel Najjar, quien se congratula de este acuerdo que posibilita “normalizar” la vida del colectivo: “nosotros no pedimos privilegios, pedimos igualdad”.

Una normativa sanitaria previa

Los Ayuntamientos, y especialmente el de Badajoz, reclamaban la normativa sanitaria por parte de la Junta para poder habilitar estos espacios dentro de los cementerios municipales y ahora ya tienen “la hoja de ruta”.

“Ya no hay excusas ni obstáculo legal que impida respetar el pluralismo de la sociedad”, incide el representante de las 20 comunidades musulmanas que hay en Extremadura, cuya intención “no es crear 20 parcelas” en los distintos cementerios.

En concreto, se pondrán en contacto con los alcaldes de aquellos municipios con un porcentaje elevado de población musulmana, para que acuerden la localidad en cuyo cementerio se habiliten estas parcelas.

Como ejemplos, menciona las ciudades de Badajoz y de Navalmoral de la Mata, zona ésta última en la que hay “13 comunidades musulmanas” asentadas en los municipios de Saucedilla, Jaraíz de la Vera o Talayuela.

Cuando fallece un musulmán en la región, sus familiares soportan una doble carga: el dolor por la pérdida del ser querido y el desarraigo que provoca el costoso proceso de su entierro fuera de la comunidad, normalmente en Marruecos -principal país de origen-, lo que dificulta enormemente que pueda ser visitado con la frecuencia deseada. “Los musulmanes somos de Extremadura, vivimos aquí, nuestros hijos han nacido aquí y queremos poder enterrar cerca a nuestros familiares fallecidos como el resto de extremeños”, incide el también imán de la mezquita de Badajoz.

El rito fúnebre

Su rito fúnebre consiste en envolver el cadáver en un sudario, tras ser lavado y purificado, y depositarlo en contacto directo con la tierra -en este caso, se ha de hacer en el interior de un ataúd-, recostado sobre el lado derecho y con la cara dirigida a La Meca.

El acuerdo supone un paso más en el reconocimiento de los derechos de los cerca de 20.000 musulmanes censados en la comunidad, a los que ya desde este pasado curso 2018-2019 se les garantiza el derecho a recibir la asignatura de Religión Islámica en los centros públicos si se cumple una demanda mínima.

“El Gobierno de la Junta ha demostrado que es el gobierno de todos los extremeños, incluidos los musulmanes”, destaca Adel Najjar, al tiempo que agradece la especial sensibilidad del Ejecutivo liderado por Guillermo Fernández Vara con esta comunidad y anima al resto de autoridades políticas “a seguir el ejemplo” en pro de la igualdad.

Ya se hace en otras CCAA

La directora general de Salud Pública, Pilar Guijarro, explica que el protocolo firmado establece las condiciones sanitarias para que este tipo de enterramientos puedan llevarse a cabo, como ya se hace en otras comunidades autónomas como Madrid.

Todo ello desde “el respeto a las competencias” de los municipios y “garantizando el derecho a la libertad religiosa”, reconocido en su ley específica, la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía y el Acuerdo entre España y la Comunidad Islámica.

Guijarro matiza que los ayuntamientos no tendrán que dirigirse a la Junta si habilitan una parcela dentro del cementerio que cumple los requisitos marcados, sólo tendrán que hacerlo cuando, por falta de espacio, se amplíen los camposantos con parcelas añadidas, ya que esto precisa un permiso especial para garantizar la distancia mínima que han de guardar con los núcleos urbanos.

El protocolo suscrito establece que el plazo de tiempo que debe transcurrir desde el fallecimiento hasta la inhumación es de 24 horas, salvo cuando se dan circunstancias excepcionales que puede realizarse a partir de las 18 horas. Se prohíbe la conducción, traslado y enterramientos de cadáveres sin el correspondiente féretro, lo que no impide que, para poder cumplir la regla islámica de enterramiento, éste pueda ser rellenado en su interior con tierra.

Las fosas o unidades de enterramiento en suelo han de cumplir unas dimensiones mínimas y unas condiciones adecuadas de drenaje y evacuación de gases, si bien se podrán instalar de mayores dimensiones para facilitar, por un lado, la adecuada orientación del féretro respecto a la Qibla (que define la dirección de La Meca) y, por otro, el relleno con tierra o grava. En general, las fosas serán como mínimo de 0,80 metros de ancho y 2,10 metros de largo, y guardarán una separación entre sí, como mínimo, de 0,50 metros por los cuatro costados, y la profundidad mínima de enterramiento será de 2 metros

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