La Justicia dicta la cuarta sentencia anulatoria del plan de ordenación urbana de Hondarribia
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado la cuarta sentencia anulatoria del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la localidad guipuzcoana de Hondarribia, segun ha informado Abotsanitz. En un comunicado recogido por Europa Press, Abotsanitz ha señalado que, según este fallo de la sección segunda de la Sala Contencioso Administrativo del TSJPV, “la omisión del informe de telecomunicaciones determina la nulidad de pleno derecho del PGOU”. Esta cuarta sentencia anulatoria responde al recurso presentado por la empresa Jaizkibel SA.
Abotsanitz ha señalado que, según el fallo judicial, “carece de todo sentido que pueda entenderse aprobado definitivamente un plan general a excepción, como propugna el Ayuntamiento de Hondarribia, de las determinaciones en materia de telecomunicaciones, y es que la incuestionable incidencia que la red de telecomunicaciones tiene en otras esferas del planteamiento, hasta el punto de que algunas de éstas pueden verse condicionadas por aquella, impide considerar que los planes generales se aprueben definitivamente sin hallarse determinada el despliegue de esa red”.
“Es decir, no se puede aprobar un plan general sin informe de telecomunicaciones, y el hecho de no haberlo presentado, anula la totalidad del PGOU”, añade. Abotsanitz ha instado al departamento municipal de Urbanismo a que “actúe de manera correcta”.
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