Este viernes se abre un nuevo plazo para solicitar la Renta Básica en Extremadura
Las personas interesadas en solicitar esta prestación deberán acudir a los Servicios Sociales de Atención Social Básica correspondientes a su domicilio y solicitar la asistencia de un trabajador social para cumplimentar la solicitud.
La convocatoria pública correspondiente al segundo trimestre para la presentación de las solicitudes de la Renta Básica Extremeña de Inserción se abre este viernes y finalizará el próximo 30 de junio.
Según la orden publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), podrán ser beneficiarios las personas que se encuentren en situación de exclusión o en riesgo de exclusión y, por ello, carezcan de los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas y se encuentren en un estado de dificultad personal o social para su inserción en el mercado laboral y su integración social.
Además, deben también podrán ser beneficiarios y solicitar de forma anticipada la prestación quienes ya tuvieran reconocido el derecho a la prestación de Renta Básica anterior, siempre que se encuentren en el último trimestre de percepción reconocido.
Denegaciones
Sin embargo, no tendrán derecho a la ayuda quienes en los seis meses anteriores a la solicitud hubieran cesado voluntariamente en un trabajo realizado por cuenta ajena o rechazado una oferta adecuada de empleo o de formación para el empleo realizada por los servicios públicos de empleo.
Tampoco podrán solicitarla las personas que encontrándose en situación de desempleo y cumpliendo los requisitos para acceder a prestaciones o subsidios de desempleo de cualquier clase, no los hubieran solicitado a la correspondiente entidad gestora.
En este mismo sentido, tampoco la podrán recibir aquellas personas que pese a reunir los requisitos necesarios para el acceso a las pensiones, en sus diferentes modalidades,no las hubieran solicitado a la correspondiente entidad gestora.
Plazos
El plazo para resolver y notificar la resolución será, como máximo, de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud y la falta de resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver, el llamado silencio administrativo, será entendido como desestimación de la ayuda.