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El Tribunal Superior gallego ve “de ínfimo valor” los lotes de vino de 500 euros que Feijóo recibió de un empresario investigado

Feijóo, saluda al empresario Raúl López en un acto en Santiago.

David Lombao / David Reinero

La rama política de la Operación Cóndor, en la que la jueza de Lugo Pilar de Lara investiga al propietario de la empresa de transportes Monbus, Raúl López, por presuntos delitos fiscales, de blanqueo, tráfico de influencias y cohecho, ha registrado en los últimos días dos novedades decisivas. El Tribunal Supremo, primero, y justo después el Tribunal Superior de Justicia de Galicia han coincidido en no apreciar “indicios” de delito de cohecho en los políticos que, según dan por constatado, recibieron durante años lotes de vino Vega Sicilia como regalo de López. Ambos tribunales coinciden en que estos regalos pueden ser enmarcados en el ámbito de la “cortesía”, pero mientras que el Supremo se limita a apuntar que su valor no fue “excesivo”, el alto tribunal gallego considera que los importes de estos lotes de bebidas, de un mínimo de 500 euros en los casos analizados, es “ínfimo”.

El Supremo abordó las exposiciones remitidas por De Lara que afectaban a aforados del ámbito estatal -el eurodiputado socialista José Blanco y los senadores del PP José Manuel Barreiro y José Antonio de las Heras- y el TSXG hizo lo propio con Alberto Núñez Feijóo y Alfonso Rueda, por ser el presidente y el vicepresidente de la Xunta aforados de ámbito autonómico. En el auto en el que dispone el archivo de la causa el Superior gallego entiende que, en la línea de lo estipulado en diversas leyes, “la delimitación entre lo punible o no” en este tipo de casos no debe ser, como pide De Lara, una cantidad económica concreta -la magistrada propone 400 euros-, sino el “criterio (...) de la adecuación social o de los usos habituales y de cortesía”.

Es en este punto donde implícitamente los magistrados consideran desdeñable el valor de los lotes de vinos remitidos por Raúl López y cuya recepción por parte de Feijóo y Rueda dan por acreditada, ya que en ninguno de los dos casos “consta que los regalos fueran devueltos”. De Lara considera que los regalos de Monbus al presidente y al vicepresidente pueden encajar en el artículo 422 del Código Penal, que detalla uno de los tipos de soborno, pero los jueces del TSXG consideran que “no debe ser aplicado mientras los regalos o dádivas sean de ínfimo valor o representen un comportamiento no sujeto a la reprobación social, sin que en ningún caso se comprometa la imparcialidad de las autoridades”. Este, “estiman”, es el caso de los lotes de Vega Sicilia, que, según los informes que el propio TSXG acepta como correctos, oscilaron entre los 517 -tres botellas- y los 670 euros -cuatro botellas- hasta sumar en ambos casos 2.327,32 euros en sus respectivos cuatro envíos entre los años 2010 y 2013.

Con este razonamiento los magistrados descartan que puedan ser “susceptibles de ser indiciariamente tenidos por delictivos” unos hechos que, por lo demás, explican, sí podrían encajar en el tipo penal que apunta De Lara. Así, reflejan, más allá del criterio de la cortesía las normas penales establecen que puede haber delito si existe una “dádiva o regalo” a la autoridad, hecho del que no “caben dudas”; que “esa dádiva o regalo fuese admitido por el destinatario”, lo cual está “acreditado” en los casos de Feijóo y Rueda; y que los obsequios sean entregados “en consideración” del cargo de quien es agasajado, algo que la magistrada de Lugo explicita con el “hecho de que no constan relaciones de amistad o familiares” entre los políticos y el presidente de Monbus.

Ley del bipartito y código ético del PP

El encuadre de regalos de estos importes dentro de la cortesía y de las costumbres no reprobadas socialmente que los magistrados exponen en su auto contrasta, no obstante, con el criterio adoptado por el actual Gobierno gallego en el código ético que, desde 2014, rige en la Xunta sobre los regalos y atenciones protocolarias. Así, como el propio auto recuerda, desde el año 2006 estaba vigente en Galicia la ley de transparencia y buen gobierno impulsada por el bipartito de PSdeG y BNG, que vetaba la aceptación de regalos “que superen los usos habituales, sociales o de cortesía”, pero no estipulaba un importe concreto.

No obstante, el código ético del actual gobierno sí fija un umbral más estricto. Así, ese documento, en la actualidad ligado a la aplicación de la nueva ley de transparencia, estipula que “supera” los “usos habituales y costumbres sociales de cortesía” cualquier regalo que “sobrepase el importe máximo de 90 euros”. Del mismo modo, indica que “la regularidad o reiteración de este tipo de atenciones por parte de la misma persona física o jurídica” a un mismo destinatario, como en el caso de los regalos de Monbus, “significará la pérdida del carácter de cortesía” si el “importe de las gratificaciones” suma más de los mencionados 90 euros. Los vinos remitidos por Raúl López a los políticos superan todos estos límites pero, como también recuerda el auto, el código fue aprobado a mediados de 2014, esto es, unos meses después del último regalo de Raúl López que consta en los documentos de la investigación del caso Cóndor que hacen referencia a Feijóo y Rueda.

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