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El TSXG avala los servicios mínimos impuestos por la Xunta en la huelga de Educación

Movilización del profesorado ante la sede de la Xunta en A Coruña.

elDiario.es Galicia

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) avala los servicios mínimos impuestos por el Gobierno gallego para la huelga convocada hoy por los sindicatos en el primer día de curso en los niveles de Infantil y Primaria. El alto tribunal considera que el derecho de huelga “debe decaer” en la situación sanitaria actual ante otros “no menos relevantes” como son “el de la educación de los menores, su integridad física y la supervisión y control de vigilancia” de los menores. La Xunta de Galicia estableció el pasado miércoles unos servicios mínimos que alcanzan al 100% del personal en la mayoría de los servicios escolares.

La huelga está convocada por CIG, CCOO, STEG y CSIF para la jornada de este 10 de septiembre y el 16 del mismo mes, días que debían coincidir con el inicio del curso para todo el alumnado gallego. Sin embargo, la Consellería de Educación ha escalonado la vuelta a las aulas por diferentes niveles. Tal y como dejó programado la anterior responsable de Educación, que no ha repetido en el nuevo Gobierno de la Xunta, en esta jornada se incorpora el alumnado de 4º y 5º de Educación Infantil, 1º, 2º y 3º de Primaria y Educación Especial. La huelga está respaldada por las dos asociaciones de madres y padres de Galicia y por el colectivo Familias en Folga que considera que los protocolos elaborados por la Xunta no garantizan la seguridad en las aulas.

El TSXG afirma que todo el personal considerado como esencial por la Xunta -la totalidad del personal de cocina, limpieza, educadores y personal médico, un miembro del profesorado por aula y una persona de dirección- es “absolutamente necesario e indispensable” para el mantenimiento de los servicios mínimos y que no se pueden comparar éstes con los establecidos en otras ocasiones. El 100%, dice el auto, “sí sería excesivo en situación de normalidad” pero es “razonable y justificado por la grave crisis que estamos padeciendo”. En este sentido, el tribunal considera además del derecho a la educación otras “razones colaterales” para rechazar el recurso de los sindicatos contra los servicios mínimos, entre las que cita la conciliación familiar y laboral o “regenerar la dañada economía nacional que, con medidas de huelga como la prevista, sin los servicios mínimos establecidos, solo podrá resultar más perjudicada”.

El sindicato mayoritario en Educación, la CIG, considera que el auto del TSXG está “lleno de valoraciones y opiniones de carácter político, más propias de un gabinete de comunicación de la Xunta o del Partido Popular que de un alto tribunal”.

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