Un blog sobre leyes y tecnología por y para iLetrados digitales. Derecho para todos los públicos de la mano de Jorge Campanillas, Marina Franganillo, Miriam García, David Maeztu, Jorge Morell, Andy Ramos, Ruth Sala, Alejandro Sánchez, Alejandro Touriño y Roberto Yanguas.
El supuesto plagio del anuncio de la Lotería y otras noticias con moraleja jurídica
1) Un jubilado demanda a Loterías por plagiar su historia en el anuncio del bar de Antonio. ¿Irá a algún lado esta demanda?demanda a Loterías por plagiar su historia en el anuncio del bar de Antonio
Lo que esta persona pretende proteger es una idea, circunstancia no permitida por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual. Dicha regulación y la jurisprudencia que la interpreta entienden que las ideas no se protegen y que la inspiración es libre. Así que, salvo sorpresa, entiendo que dicha acción tiene escasas (o nulas) opciones de prosperar.
2) ¿Puede Apple borrar de tu iPod las canciones que hayas comprado a su competencia?
Tal y como reza la información que se ha distribuido, no parece que exista ningún argumento legal que ampare a Apple para proceder al borrado de contenidos alojados en un dispositivo del usuario y que han sido adquiridos legítimamente por dicho usuario. Afirmar lo contrario iría contra los principios de la competencia, tendentes a evitar situaciones de concentración económica y a favorecer el libre mercado.
3) Multan al Cobrador del Frac con 100.000 euros por exponer a morosos. ¿La ley protege así nuestros datos?al Cobrador del Frac con 100.000 euros por exponer a morosos
Se trata de un caso curioso porque una figura que tradicionalmente ha existido en nuestro país se topa ahora con la normativa en materia de protección de datos, que sanciona el tratamiento no consentido de datos de carácter personal (datos de solvencia económica en este caso) de un sujeto. Es importante indicar que esto aplica sólo a personas físicas y no a empresas, y que no nos extrañe si en próximos contratos que firmemos una de las previsiones que tengamos que aceptar sea la posibilidad de que, en caso de incumplimiento, nuestra deuda pueda ser comunicada al Cobrador del Frac.
4) Detienen a un exdirectivo de Intereconomía por estar tras un ataque informático. Cuando una web es derribada por un DDoS, ¿la responsabilidad es de quien contrata, de su empresa o de los informáticos?Detienen a un exdirectivo de Intereconomía por estar tras un ataque informático
Sin entrar en los hechos particulares (los cuales no parecen estar todavía claros), el que comete o los que cometen un daño a un sistema informático serán condenados como reos de un delito de daños. Igual consideración infractora tendrán quienes soliciten u ordenen la comisión de esa infracción por terceros.
5) Un juzgado obliga a un hombre a publicar en Twitter su condena: ¿sambenito o reparación justa?Un juzgado obliga a un hombre a publicar en Twitter su condena
La normativa española permite al ofendido, en determinadas ocasiones, con el objeto de reparar el daño causado, solicitar la publicación de la sentencia en idéntico o similar lugar a aquél en el que fue cometido el daño. Así las cosas, si el origen de la infracción (por ejemplo, en el caso de vulneración del derecho al honor, injurias, calumnias, etc.) fue Twitter, atiende a la norma y también a la lógica que la publicación del fallo de la sentencia sea en Twitter.
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