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El fiscal pide nueve años de cárcel para el expresidente de la Autoridad Portuaria de Balears por el caso Puertos

El expresidente de la Autoridad Portuaria de Balears (APB), Joan Gual de Torrella (izq.), entrando a los Juzgados de Palma junto a su abogado

Europa Press

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La Fiscalía Anticorrupción reclama una pena de nueve años de cárcel para el expresidente de la Autoridad Portuaria de Balears (APB) Joan Gual de Torrella por dos delitos de prevaricación, dos de fraude a la administración y cohecho en el marco del caso Puertos en relación a adjudicaciones públicas en Maó y Eivissa.

El Ministerio Público pide igualmente cuatro años de prisión por cooperación necesaria en la prevaricación para el que fuera director de la APB, Juan Carlos Plaza; el jefe de explotación, Armando Parada; el exjefe del área de gestión, Fernando Berenguer, y la abogada del Estado Dolores Ripoll.

Para el exalcalde de Eivissa Rafa Ruiz, Anticorrupción pide tres años de prisión por prevaricación y fraude; los mismos que para el vicepresidente Miguel Puigserver por cohecho.

Igualmente, el representante del Ministerio Público considera al presidente del Club Náutico de Eivissa, Juan Marí, autor de un delito de fraude y cooperador en el de prevaricación, por lo que pide tres años de prisión. Por su parte, Justo Saura, Benito Reynés, Javier Mas, Marc Pons y Basilio Sastre, por parte de la empresa beneficiaria en Maó, se enfrentan a tres años de prisión por fraude y cooperadores en prevaricación.

En su escrito de calificaciones provisionales, el fiscal Juan Carrau considera que de manera continuada y permanente y, al menos desde el año 2015 hasta el 2020, los acusados que ejercían cargos en la APB se concertaron, entre sí y con unos particulares, para la adjudicación de sendos títulos de explotación del dominio público portuario en Eivissa y en Maó.

Lo hicieron, señala, “en beneficio de los particulares y apartándose para ello de los criterios de legalidad, transparencia, objetividad y concurrencia que han de presidir las decisiones públicas” y generando, además, perjuicio para los intereses económicos de la APB.

Siguiendo las calificaciones provisionales, todos los acusados actuaron en su condición de funcionarios públicos, cada uno dentro de las funciones que le eran propias en la APB y todos lo hicieron para beneficiar injustamente a los particulares que resultaron adjudicatarios de la explotación del dominio público portuario, en un caso el Club Naútico de Eivissa y en el otro caso la entidad Marina Asmen, en Maó.

Este concierto y las resoluciones arbitrarias se llevaron a cabo, en parte, de forma coetánea en el tiempo y en los mismos Consejos de Administración de la APB, según los argumentos del fiscal.

Club Náutico de Eivissa

En el caso de la adjudicación a favor del Club Náutico de Eivissa, el escrito refiere que participó también de ese concierto Rafael Ruiz en su condición de vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria y alcalde de la ciudad de Ibiza en el momento de los hechos.

En detalle, Carrau considera que Gual de Torrella y el resto de directivos acusados y con la asesoría de Ripoll se pusieron de acuerdo con los responsables del Club Náutico de Eivissa (CNI) para que fuera este club quien siguiera explotando la dársena de la autoridad portuaria que el club llevaba ocupando desde junio del año 1927.

Por parte del CNI, Marí en la presidencia y Rafael Ruiz, en su condición de vocal del Consejo de Administración de la APB y alcalde de Ibiza, actuaron también para que el CNI resultase beneficiado por la APB. El Consejo de Administración de la APB, sigue el fiscal, dictó varias “resoluciones arbitrarias” destinadas a favorecer ilegalmente al CNI. Además, se crearon comisiones técnicas 'ad hoc'.

La adjudicación arbitraria al Club Náutico de Ibiza supuso para la APB una cantidad de entre 7,6 y 12,9 millones de euros en todo el periodo de concesión.

Favorecimiento de Marina Asmen en Maó

En relación al supuesto favorecimiento a Marina Asmen en Mahón para la gestión de puestos de amarre y taller en el muelle de Ponent de Mahón, Anticorrupción también apunta a una resolución arbitraria y concertada previamente con los administradores de la sociedad y un perjuicio a la administración por importe superior a 100.000 euros.

Como en el caso de Ibiza, Gual de Torrella también habría contado en este caso con la colaboración de los directivos de la APB acusados y la abogada del Estado actuando como asesora.

Entre otras maniobras, considera Carrau que se elaboraron unos pliegos genéricos para controlar la oferta con criterios poco definidos que no permitían a los licitadores conocer cómo se iban a valorar las ofertas y que ocultaban las verdaderas necesidades en esa zona del puerto de Mahón, Entonces, habrían negociado estos pliegos con las empresas posteriormente adjudicatarias.

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma dictó en junio auto por el que abría la puerta a juzgar a Gual de Torrella y al resto de acusados por el presunto amaño de las dos adjudicaciones públicas. El auto implicaba en la práctica cerrar la instrucción del conocido como caso Puertos tras cuatro años de investigaciones.

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