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Estos países legislan contra el acoso callejero: multas y penas de cárcel por increpar sexualmente a las mujeres

Belén Remacha

Mapa de Pablo J. Álvarez

177 de los 189 estados que han firmado la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) no tienen una legislación específica para atender el acoso callejero, una forma de violencia que “restringe la libertad de movimiento de las mujeres, así como el acceso a trabajos y estudios”. Es información que proporciona a eldiario.es Lizzette Soria Sotelo, especialista de ONU Mujeres para el Programa sobre Ciudades Seguras. Esta experta apunta además que toda la normativa que ya existe “es muy reciente y hay poca evidencia aún sobre su impacto”, aunque desde el organismo sí han observado que las ciudades y países que la han aplicado “demuestran cambios esperanzadores”. 

La organización Stop Street Harassment (SSH) define el acoso callejero como “las interacciones no deseadas en el espacio público, motivadas por el género real o el percibido, orientación sexual o expresión de género, que hace a quien es acosado sentirse, irritado, enojado, humillado o asustado”. “Una legislación específica para prevenirlo en el espacio público es necesaria para desnaturalizar algo que afecta diariamente principalmente a las mujeres y jóvenes en todas las ciudades, tanto desarrolladas como en vías de desarrollo”, defiende Soria Sotelo. Pero también señala que ese no es el único método: “Igual de importante es un plan de acción bien definido, con recursos; recolectar datos sobre cómo se manifiesta el acoso sexual en un contexto específico para identificar las soluciones; la transformación de normas sociales alrededor de la desigualdad de género y del balance de poder entre hombres y mujeres para cambiar actitudes; y una infraestructura más segura en el espacio público –como alumbrado o mapeo de zonas de riesgo–”.

Desde ONU Mujeres destacan disposiciones locales para frenar el acoso sexual en espacios públicos llevadas a cabo en Quito, El Cairo, Manila y Delhi, o lo que hace el servicio de policía de Winnipeg (Canadá), que “ha mejorado su captura de datos de informes de violencia sexual” en colaboración con su organismo. Además de esas, repasamos algunas legislaciones relevantes sobre la materia distintos países.

Perú

Fue el primer país de América Latina en aprobar una ley contra el acoso callejero, en 2015. Se contemplan hasta cinco años de cárcel para los casos más graves de violencia, en los que haya “hostigamiento” o sea constante. Busca prevenir que el acoso se siga reproduciendo y “brindar atención a aquellas personas que sean víctimas” en la calle o transporte público. Desde la plataforma Paremos el Acoso Callejero cuentan que la “visibilización y posicionamiento en la agenda política” de esta problemática “tan arraigada y de tal magnitud en el país” comenzó en 2012, después de que ellas realizaran un estudio en el que concluyeron que 9 de cada 10 mujeres de 18 a 29 años en Lima habían sido acosadas por la calle, y 7 de cada 10 en todo Perú. Expusieron ese trabajo en medios de comunicación y con la presión llegó a las instituciones.

Aún a día de hoy siguen recogiendo testimonios diariamente de “silbidos, miradas persistentes, comentarios, violencia”, relatan. La ley funciona obligando a cada municipalidad –divisiones entre distritos de las ciudades– a contar con ordenanzas sancionadoras. Por ahora, 20 de las 50 municipalidades de Lima cuentan con una. Desde Paremos el Acoso Callejero celebran que la normativa interpele a varios ministerios: Mujer, Interior –por la policía–, Educación, Transportes. Por su parte, continúan con su tarea de prevención en “conversatorios, talleres de autodefensa, talleres en empresas, y ahora estamos con una campaña con los taxistas”.

Bélgica

En 2014 se convirtió en el primer país del mundo en aprobar una ley contra los ‘piropos’, con multas de 50 a 1.000 euros y penas de hasta un año de prisión. En su fase de elaboración, algunos juristas belgas se opusieron por considerar que atentaba contra la libertad de expresión. La iniciativa cobró fuerza en parte gracias a un documental realizado en 2012 por una estudiante, Sophie Peeters, llamado Femme de la Rue (La Mujer de la Calle), que explicitaba el acoso que recibe una mujer cuando camina por la calle.

Francia

FranciaEn 2018 se aprobó la norma que contempla multas de entre 90 y 750 euros para la figura que se nombró como “ultraje sexual”, con la posibilidad de que asciendan hasta los 1.500 si hay agravantes –por ejemplo, que sea contra una persona con discapacidad– o 3.000 en caso de reincidencia. Protege especialmente a las víctimas menores de edad. El proyecto en inicio incluía la fijación la edad mínima de consentimiento legal para tener relaciones sexuales en 15 años, pero esa parte fue retirada durante la tramitación, lo que propició las principales críticas de varias asociaciones feministas por insuficiente.

Holanda

En 2017 se aprobaron sendas normas en Ámsterdam y Rotterdam que incluyen multas de hasta 4.100 euros y 3 meses de cárcel. Penalizan los silbidos ofensivos, insultos, intimidación o groserías en la vía pública. En mayo de 2018 se interpuso la primera, de 200 euros, a un hombre de 36 años por intimidar verbalmente a un grupo de mujeres. Desde que fue aprobada, habían llegado a los tribunales ocho denuncias hasta diciembre pasado sin consecuencias.

Portugal

En 2016 se modificó el Código Penal portugués para incluir la “importunación sexual”; es decir, la incitación al acto sexual o el exhibicionismo en espacio público. Se traduce, según el caso, en penas de hasta un año de cárcel o lo equivalente a 120 días de multa.

Reino Unido

La principal novedad relacionada con la legislación sobre el acoso callejero en Reino Unido que se ha implementado recientemente –2018– fue el delito de ‘upskirting’: tomar fotos en público a mujeres por debajo de la falda. Ocurrió después de varios casos mediáticos que se dieron en transportes públicos, porque hasta ese momento no era punible. En España este acto no es un delito sexual, pero sí se considera delito contra la intimidad.

Argentina

Desde 2015, dos leyes penan en la ciudad de Buenos Aires el acoso callejero, con trabajos para la comunidad, multas de 200 a 1000 pesos y hasta cinco días de arresto. Incluye comentarios sexuales, fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento, contacto físico indebido y sin consentimiento, persecución o arrinconamiento, masturbación en público, exhibicionismo o gestos obscenos. No solo en la vía pública, sino también en centros comerciales, teatros y bares. Paralelamente, durante 2018 el Parlamento debatió una ley nacional que todavía no está tramitada.

Nueva Zelanda

Existe desde 1981 una ley que vigila lo que se puede entender como acoso callejero. Se sancionan las “palabras obscenas” con multas hasta hasta de 1000 dólares neozelandeses, con pena mayor si hay amenaza del uso de la fuerza. También está sancionado explícitamente el exhibicionismo, sin necesidad de que sea delante de menores para que esté perseguido.

Qué pasa en España

En España no hay una ley que penalice el acoso sexual callejero, aunque el Código Penal sí considera delito algunas conductas relacionadas. El artículo 181 habla de “actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona”, que “será castigado, como responsable de abuso sexual”. El 185 habla de exhibicionismo, pero solo lo sanciona si ocurre ante menores de edad o personas con discapacidad. El 172 castiga el acoso pero cuando ha sido llevado a cabo “de forma insistente y reiterada”.

Dentro de esos supuestos quedan fuera muchas situaciones, como “todas las formas de violencia callejera. Las más sutiles no se consideran de la suficiente gravedad, como los piropos más y menos desagradables o las persecuciones. Lo que cuentan muchas chicas con las que hemos trabajado es que pasan miedo. Si no reacciono como el tío espera, igual empieza llamándome bonita pero luego me insulta y no sabes dónde va a llegar. Y no hay nada que hacer”. Lo explica Emilia Sánchez Pantoja, directora de incidencia política de la ONG Plan Internacional, que recientemente llevó a cabo el informe Free To Be, sobre la seguridad de las niñas en las ciudades.

Sánchez Pantoja añade sobre la problemática de la actual legislación que “hay muchas cosas que están, sí, pero sin enfoque de género. La ley no se pone a mirar qué pasa a las chicas por serlo, y solo a las chicas”. “Nosotros lo que vemos es que hay que regularlo, pero hay que hacer muchas más cosas. Por ejemplo, formación para la policía local; sensibilización; implicar a los hombres para que sepan cuál es su papel; o promover la toma de decisiones de las chicas que lo sufren. Sobre esto último, por ejemplo, tras nuestro informe, las chicas propusieron en Madrid cuando se reunieron con Manuela Carmena que, si había campañas para que recojamos las cacas de los perros, por qué no de esto. Se pueden hacer muchas iniciativas en positivo para cambiar unos actos que provocan que las chicas no sean libres en las ciudades, que no las disfruten como ellos”, continúa. Ciñéndose a la legislación, Unidos Podemos sí introducía el acoso callejero como delito en su Propuesta de Ley Integral de Violencia de Género.

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