15 años de cárcel para los tres miembros de ETA
El Tribunal especial de lo Criminal de París condenó a 15 años de cárcel a los tres miembros de ETA acusados de pertenecer al aparato de extorsión de la banda terrorista. Se trata del primer juicio que se celebra en el país vecino contra la estructura financiera de la organización etarra.
Los condenados son Ane Miren Alberdi, Cristina Goirizelaia y Carlos Sáez de Aguilar, detenidos en la localidad francesa de Dax el 10 de enero de 2003, en posesión de 72.000 euros procedentes del 'impuesto revolucionario' cobrado a un empresario vasco, armados y con documentación falsa.
La condena, leída por la presidenta del Tribunal, Janine Drai, en presencia de los procesados, incluye el cumplimiento íntegro de dos tercios de la pena y la prohibición de regresar a territorio francés una vez purgada la misma. El Tribunal recogió en su totalidad los argumentos de la Fiscalía.
El Ministerio público había solicitado 15 años de prisión para cada uno de los tres presuntos miembros de ETA sentados en el banquillo, al considerar que se trataba de un auténtico comando “operativo” para practicar la extorsión y lograr que “la maquinaria mortal de ETA siga funcionando”.
MEROS “CORREOS”
El fiscal Christophe Teissier alegó que el aparato financiero de la banda (Gezi) era fundamental para cometer los atentados terroristas y proporcionar apoyo logístico a los miembros de la organización. En este sentido, dijo que no debía verse a los acusados como meros “correos” que hacen llegar a la banda el dinero procedente del llamado 'impuesto revolucionario' sino que practicaban un terrorismo “puro y duro”.
Entre otros elementos, el fiscal apoyó su alegato en la documentación incautada a los procesados durante su detención y en operaciones policiales posteriores, como el arresto de Ibón Fernández Iradi, 'Susper', María Soledad Iparraguirre, 'Anboto', y Aitor Cortázar, igualmente detenidos en Francia.
Así, el sumario detalla las ocasiones en las que un mismo industrial vasco fue contactado por ETA para pagar el 'impuesto revolucionario' y el hecho de que el sobre con el dinero estuviera rotulado con un código alfanumérico detallando el domicilio de la empresa, la fecha de la extorsión, la suma solicitada y el número de registro en el fichero de extorsiones de ETA.
Por su parte, la abogada defensora, Xantiana Cachenaut, alegó que no se podía justificar la petición de penas por “una entrega de dinero” ni atribuir a los acusados la “paternidad” de las amenazas de ETA a quienes no pagaban el 'impuesto revolucionario'. Por ello, solicitó que fueran juzgados por “complicidad” en un delito de “extorsión”. Además, pidió exculpar a Ane Miren Alberdi porque nada probaba, en su opinión, que el día de su detención se encaminara a una cita con un supuesto miembro de ETA para entregar el dinero recaudado.
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