Las visitas a mayores en residencias, limitadas a casos excepcionales en La Rioja
El ministerio de Sanidad ha eliminado las limitaciones para llevar a cabo visitas a familiares en residencias de mayores en los territorios que entren en la fase 2 y deja en manos de las comunidades autónomas su regulación. También podrán regular los paseos de personas residentes de estos centros.
De momento, en La Rioja se ha decidido no permitir estas visitas, salvo en dos supuestos en los que sí se permite: si el familiar está en el final de su vida o si verlo supone un alivio de descompensación neurocognitiva del residente.
La orden publicada este sábado en el BOE modifica diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Concretamente, señala que las comunidades autónomas y las ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de
personas mayores, así como la realización de paseos por los residentes.
En este sentido, señala que corresponderá a las comunidades autónomas y a las ciudades autónomas establecer los requisitos y condiciones en las que se deben realizar dichas visitas y paseos.
De este modo, Sanidad elimina las limitaciones impuestas previamente en las que limitaba las visitas a residencias de mayores a aquellas que estuvieran libres de Covid-19. Además, pedía priorizar en las visitas a mayores supuestos excepcionales, tales como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente.
Para las visitas en todos los centros, establecía también que se concertara previamente con la vivienda tutelada o el centro residencial y que se limitara a una persona por residente. Durante la visita, sería obligatorio el uso de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo tanto por parte del visitante como por parte del residente y el centro residencial debería contar con procedimientos específicos para regular la entrada y salida de las visitas con el fin de evitar aglomeraciones con los trabajadores y resto de residentes.
Durante la visita, se debían observar las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias, y en particular el mantenimiento de la distancia de seguridad de dos metros y la higiene de manos, así como aquellas otras medidas que por motivos de salud pública establezcan las comunidades autónomas y ciudades autónomas.
Todas estas indicaciones desaparecen ahora con la modificación de la orden de Sanidad y serán las comunidades autónomas las que deberán fijar si se pueden realizar y en qué condiciones.
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