Logroño destina 150.000 euros a subvenciones de festejos

Logroño destina 150.000 euros a subvenciones de festejos

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El Ayuntamiento de Logroño ha aprobado la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro para apoyar el desarrollo de actividades e iniciativas festivas que enriquezcan la oferta lúdica municipal.

El concejal de Festejos, Kilian Cruz Dunne, ha presentado esta mañana esta convocatoria que cuenta con una partida presupuestaria de 150000 euros y cuyo ámbito de aplicación se circunscribe al término municipal de Logroño.

Estas subvenciones tienen como objeto la promoción y el desarrollo del asociacionismo en el ámbito de las actividades festivas, de entretenimiento y de recuperación de tradiciones locales que redunden en beneficio de la ciudad.

Asimismo, fomentan las iniciativas y programas que complementen y enriquezcan la oferta del Ayuntamiento en materia lúdico-festivas como actuaciones musicales, de teatro, danza, magia, humor, infantiles, entre otras, que se puedan desarrollar al aire libre o en espacios de la ciudad, cumpliendo las normas dictadas por las autoridades sanitarias vigentes en el momento de su celebración.

Mediante esta convocatoria también se fomenta la investigación y la difusión de temas tradicionales festivos relacionados con Logroño y La Rioja.

Las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que realicen actividades festivas en el término municipal de Logroño podrán presentar sus proyectos en el Registro electrónico general del Ayuntamiento de Logroño que se encuentra en la web municipal logrono.es o a través del registro Electrónico del punto de Acceso General del Estado en administración.gob.es.

El plazo para la ejecución de la actividad y/o programa será anual, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.

Si alguna de las solicitudes de subvención coincide con los objetivos municipales de los programas festivos podrá ser objeto de estudio para concertar convenios de colaboración entre la asociación solicitante y el Ayuntamiento de Logroño en las cláusulas que se acuerden en cada caso.

Para optar a estas subvenciones deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño en el momento de la presentación de la solicitud.

Cada asociación puede presentar una única solicitud de concesión de subvenciones, que deberá ir acompañada, entre otra documentación, del proyecto de los programas o actividades a realizar con su valoración económica; el presupuesto de ingresos y gastos de la asociación para el 2023; la relación de las ayudas solicitadas a otras entidades y la declaración jurada o certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de los pagos a la seguridad social.

El plazo para la presentación de las solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria por la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de La Rioja.

Las subvenciones se concederán mediante el régimen de concurrencia competitiva. Quedan excluidas a efectos de subvención las actividades de tipo docente previstas en los Planes de Enseñanza vigentes o complementarias de éstos, las actividades deportivas, juveniles, de servicios sociales, participación ciudadana o de cualquier otro tipo, que puedan ser subvencionadas por las Unidades Municipales específicas, las actividades que vayan en contra de los principios constitucionales y, en general, los programas o proyectos que no sean acordes con el Programa de Fiestas Populares del Ayuntamiento de Logroño o que se desarrollen fuera de los periodos festivos.

Las solicitudes presentadas se valorarán de forma individualizada de acuerdo con el contenido del programa y de las actividades presentadas y su adecuación a los objetivos generales de las fiestas populares del Ayuntamiento y al número de destinatarios potenciales a los que se dirigen.

El importe de estas ayudas se calculará para cada programa o actividad atendiendo al cumplimiento de los objetivos y la cuantía podría llegar, en caso justificado, hasta el 100% del coste de la iniciativa.

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