Logroño trata de frenar los incumplimientos de los patinetes eléctricos con concienciación y multas
El Ayuntamiento de Logroño comienza una campaña de concienciación este lunes 16 para los vehículos de movilidad personal (MVP), los patinetes eléctricos, para fomentar el respeto entre las personas usuarias de la circulación, tras la multitud de infracciones detectadas.
La campaña 'Convivir en la circulación' tendrá un enfoque didáctico en una fase inicial, aunque también contemplará las medidas punitivas recogidas en la ordenanza. De esta manera, el Ayuntamiento de Logroño plantea que trascurridos 7-10 días de la campaña de sensibilización y advertencias, la Policía Local interpondrá las sanciones oportunas ya recogidas en la ordenanza de 2020.
El aumento de los incumplimientos y el desconocimiento de las normas detectado en usuarios y viandantes ha motivado esta campaña específica para concienciar sobre el uso adecuado de estos vehículos.
Las principales infracciones detectadas son el incumplimiento con el límite de velocidad, que circulan dos personas, ir sin casco o no guardar las distancias con el peatón y con los portales.
Para ello, se han editado unos dípticos en los que se analizan las características de este tipo de vehículos, las zonas por donde pueden y no pueden circular, los lugares en los que pueden estacional y cuáles son las normas que le afecta. Se distribuirán en centros educativos y en asociaciones que se interesen por la campaña y en las actuaciones en la calle de la Policía de Local.
Por dónde pueden (y por dónde no) circular los patinetes eléctricos
Los folletos parten de la definición de lo que se considera un vehículo de movilidad personal (VMP): vehículos de una única plaza propulsado exclusivamente por motores eléctricos y con velocidad máxima de 25 km/h.
Una de sus partes más relevantes es el apartado de los lugares por los que pueden circular. Lo pueden hacer por zonas de prioridad peatonal (calles residenciales y zona a 30) respetando la prioridad peatonal y a una velocidad máxima de 10 km/h., por vías ciclistas (carril bici, acera bici, y sendas ciclables) respetando la prioridad de los ciclistas y a una velocidad máxima de 20 km/h (10 km/h en las sendas).
También pueden circular por parques; en este caso, por calzadas y vías permitidas para la circulación de bicicletas, respetando la prioridad peatonal y a una velocidad máxima de 5 km/h. Por último, también puede circular por los carriles 30 y por calzadas con un solo carril por sentido de la circulación.
Tan relevante o más es la información sobre los lugares por donde estos vehículos no pueden circular. En este caso, los usuarios de VMP no lo pueden hacer por aceras, andenes y paseos, ni tampoco por las calzadas de las calles que tienen más de un carril por sentido de la circulación.
En cuanto al estacionamiento, lo podrán realizar en lugares habilitados para motocicletas y bicicletas, en aparcabicis y vallas y, si no hubiera ninguna de estas opciones, en las aceras junto al bordillo dejando 3 metros de acera libres.
A los MVP les afecta toda la normativa de tráfico, como al resto de vehículos. Con todo, el folleto destaca una serie de incumplimientos que suelen ser más habituales. Entre ellos, se destaca que, al conducir, no se puede manipular el teléfono móvil ni llevar auriculares, que no pueden circular dos personas, que al circular de noche o en situaciones de baja visibilidad, se deben llevar luces homologadas y prendas o elementos reflectantes.
Otros aspectos que se han de tener en cuenta son la obligación de cometerse a pruebas de alcohol y drogas, que para atravesar pasos peatonales el usuario deberá conducir el vehículo a pie, que, en el caso de tener manillar, debe disponer de timbre, que se deben tener 16 años o más para conducirlo, debe llevar el DNI y que se recomienda el uso de casco.
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