Los motivos por los que el Gobierno de La Rioja recurre la Ley de Protección Animal
El Consejo de Gobierno ha acordado la interposición de un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la Ley de Protección de Animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Para ello, ha encomendado a la Dirección General de los Servicios Jurídicos la representación y defensa del Consejo de Gobierno en este recurso.
El consejero de Administración Pública y Hacienda, Alfonso Domínguez, ha explicado que dicho recurso viene motivado, “porque esta Ley tiene unos problemas muy serios de inconstitucionalidad y el Gobierno de La Rioja tiene encomendada la defensa de la legalidad”. Asimismo, ha argumentado que el Ejecutivo regional es el encargado de ejecutar dicha Ley, “de modo que si no recurriéramos estaríamos poniendo a la Administración pública riojana en la tesitura de cumplir unas órdenes que son inconstitucionales”.
En concreto, el recurso de inconstitucionalidad, “que se impondrá antes del 28 de febrero”, ha concretado Domínguez, se referirá a los artículos 10, 30, 35, 43, 44, 45 y 47 que tienen relación con el sacrificio de los animales, actuaciones de inspección y registro, así como la venta, donación y cesión de animales. A ello se suman discrepancias en materia del régimen de infracciones.
El Gobierno de La Rioja considera que la Ley de Protección de Animales invade competencias estatales y contraviene diversas normas básicas dictadas por el Estado. Del mismo modo, con la nueva regulación cree que se imponen sanciones administrativas para infracciones como el maltrato animal que ya son delitos según el Código Penal y se vulnera la autonomía de los municipios al obligarles a tener un centro de acogida de animales.
Para el Ejecutivo riojano, las obligaciones establecidas para llevar a cabo el sacrificio de animales determinando qué profesional es el habilitado para hacerlo y cuáles son los espacios en los que tiene que llevarse a cabo son contrarias a la normativa estatal que prescinde de la autorización de la administración competente. Del mismo modo, la obligatoriedad de inscribir todos los animales en un libro de registro oficial impone obligaciones adicionales que no son necesarias y que vulneran la garantía de la unidad de mercado.
Por otro lado, en relación con la compra y venta de animales, la Ley autonómica se excede en obligaciones para los titulares de los animales no exigidas por la normativa estatal y que son contrarias a las propias normas de La Rioja, asimismo impone gravámenes contrarios a la Ley de Unidad de Mercado y a la Directiva de Servicios.
Por último, el Gobierno regional considera que no prever la necesidad de autorización judicial durante el ejercicio de las labores de inspección para la entrada en el domicilio de las personas vulnera el artículo 18 de la Constitución que garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
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