Prisión de 29 y 44 años para Urrusolo Sistiaga y Díez Torre
La Audiencia Nacional ha condenado a los etarras Joseba Urrusolo Sistiaga y Fernando Díez Torre a penas de 29 y 44 años y 9 meses de prisión respectivamente por el asesinato de un agente TEDAX de la Guardia Civil que murió en 1992 a consecuencia de la explosión de un coche-bomba en la localidad de Llisá de Munt (Barcelona).
La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional considera en la sentencia, hecha pública hoy, a Díez Torre responsable de un delito de atentado con resultado de muerte realizado por integrantes de organización terrorista contra miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, otro de estragos, utilización ilegítima de vehículo de motor y falsificación de documento público con finalidad terrorista.
Condena, además a Urrusolo Sistiaga por un delito de asesinato terrorista --dado que el juez instructor solicitó su extradición a Francia por este tipo de delito-- y le absuelve de los otros cargos que le imputaba la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Además condena, a los dos acusados al pago de una indemnización de 600.000 euros a la viuda del agente fallecido y a la compensación económica de los daños materiales provocados a distintos vecinos y comercios de la calle donde se produjo la explosión.
Los magistrados de la Sección Primera han considerado probado de que los dos acusados idearon en marzo de 1992 cometer un atentado con coche-bomba en la localidad barcelonesa de Llisa de Munt. Para ello procedieron al robo de dos vehículos y el día 19 de ese mes colocaron uno de los coches, un Fiat Uno, que portaba en su interior una olla con entre 8 y 10 kilos de explosivo, en una de las calles del pueblo.
Los dos acusados informaron al puesto de la Guardia Civil de Mongat (Barcelona) de la colocación del coche-bomba pero advirtieron de que el vehículo que iba a explosionar era un Opel Kadett. Precisaron que el propietario de este coche estaba encerrado en el maletero del Fiat Uno, que era el que portaba realmente la bomba.
COCHE-BOMBA TRAMPA
Los agentes que se dirigieron a la zona después del aviso previeron que podía tratarse de un coche-bomba trampa, motivo por el que únicamente se acercó al vehículo el TEDAX fallecido, que hizo explosionar el automóvil y murió a consecuencia de la deflagración.
El tribunal ha tomado en consideración para la condena la existencia de huellas de Urrusolo Sistiaga localizadas en un mapa de carreteras encontrado en el Opel Kadett, que fue localizado poco después de la explosión.
Los jueces contaban, además, con la declaración del propietario de un bar que ofreció una descripción física de dos personas que realizaron desde su establecimiento dos llamadas de teléfono el día de la explosión, y que coincide con las características físicas de los acusados.
Urrusolo Sistiaga ha sido absuelto de los delitos de utilización ilegítima de vehículo de motor y falsificación de documento público con finalidad terrorista, debido a las “limitaciones” existentes en el Decreto de Extradición emitido por Francia -en el que se autoriza a que se le juzgue solo por un delito de asesinato terrorista- a pesar de entender que el acusado “es responsable por su participación personal, directa y voluntariamente intencional en los hechos”.
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