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La hostelería de Madrid celebra que las nuevas normas urbanísticas de Almeida aumenten sus aforos máximos

Interior de un bar de Madrid, en una imagen de archivo

Somos Madrid

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Los cambios en las normas urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas este lunes, son celebradas por los responsables de bares y restaurantes de Madrid. El motivo es que la nueva legislación municipal aumenta los aforos de los locales conforme al Código Técnico de la Edificación, una norma más actual y permisiva que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997.

En un comunicado difundido este lunes, la asociación Hostelería Madrid aplaude el aumento, que significará un máximo de 175 personas en bares y restaurantes (antes era de 99), hasta 75 personas en bares especiales y discotecas (frente a los 49 anteriores) y hasta 400 personas en locales de espectáculos (frente a 300).

La ampliación de aforos, que afecta a locales terciarios de la capital, abre la posibilidad a los locales existentes dedicados a esas actividades de actualizar los aforos a la dimensión de los establecimientos, “respetando siempre su capacidad de evacuación”, indican los hosteleros. Por ello, prevén que en los próximos meses se tramiten muchos expedientes de actualización de aforos, incluidos los de Zonas declaradas de Protección Acústica Especial (ZPAE) “ya que dicha actualización no puede suponer un incremento de la superficie de los locales”, aseguran desde la asociación.

Por otro lado, el Ayuntamiento de Madrid también ha eliminado con las normas la exigencia obligatoria de dotación de aparcamiento en aquellas zonas donde no se permite llegar coches, “contribuyendo a potenciar otros modos de movilidad más sostenible”, explica el Ayuntamiento en nota de prensa. Las obligaciones de aparcamiento en el resto de zonas siguen igual. 

El presidente de Hostelería Madrid, José Antonio Aparicio, se ha quejado porque el cambio no haya sido mayor: “Se ha perdido una oportunidad de corregir esta anomalía ya que no tiene sentido mantener la obligación de equipamiento de aparcamiento en actividades donde los clientes utilizan el transporte público como opción principal para su movilidad”. Entienden que este tipo de requerimientos “tiene sentido en caso de centros comerciales situados en nuevos desarrollos que deben permitir el aparcamiento de los clientes, pero no en el caso de actividades que se autoricen en centros urbanos consolidados como es el caso de Madrid”.

Las normas urbanísticas están pendientes todavía de la aprobación final de la Comunidad de Madrid, que tiene un margen de cuatro meses para hacerlo.

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