Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Sale de prisión el etarra Zigor Ruiz Jaso, al que el Supremo redujo la condena

EUROPA PRESS

El miembro de ETA Zigor Ruiz Jaso ha abandonado este viernes la prisión de Herrera de la Mancha (Ciudad Real), donde ha cumplido los últimos años de su condena, según ha informado el colectivo de presos de ETA (EPPK).

Ruiz Jaso fue condenado en enero 2012 por la Audiencia Nacional a 11 años de cárcel por pertenencia a ETA y falsedad en documento oficial pero el Tribunal Supremo dejó la pena en dos años porque ya había sido condenado por ser militante de SEGI, la rama juvenil de la banda, y el Tribunal entendió que suponía sancionarle dos veces por el mismo hecho.

Ruiz Jaso, hermano de la portavoz de Bildu en el Parlamento de Navarra, Bakartxo Ruiz Jaso, fue detenido en abril de 2007 en Sheffield (Reino Unido), junto a Iñigo María Albisu y Ana López Monge. Las autoridades británicas se incautaron en su domicilio de publicaciones de difusión interna de ETA, soportes informáticos relacionados con la fabricación de artefactos explosivos, videos de formación de militantes y abundante documentación falsa, principalmente en las habitaciones de los dos varones.

La Audiencia Nacional declaró probado que Ruiz integraba, al menos desde 2006, un 'talde' “preparado e instruido” para entrar en acción cuando lo decidiera la dirección de ETA y se encontraba “en disposición de llevar a cabo actuaciones de carácter terrorista en el territorio nacional”.

Además, los magistrados contaron como prueba de cargo con la declaración que prestó durante el juicio Ruiz Jaso, quien reconoció haber mantenido “algunas relaciones con la rama militar” y exculpó a Ana Isabel López Monge de ser militante de ETA.

Sin embargo, el 22 de octubre de 2012 el Tribunal Supremo acogió parcialmente el recurso presentado por la defensa de Zigor Ruiz Jaso contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó a 11 años de cárcel y redujo dicha condena a 2 años, al estimar que no se le debió juzgar por pertenencia a ETA porque ya cumplió condena por ser integrante de SEGI.

La resolución, de la que fue ponente el magistrado Luciano Varela, estimó que la integración se manifestó mediante la incorporación de éste a SEGI y que no hubo ruptura entre dicho instante y el momento en el que el terrorista “intensificando su compromiso”, decidió formar parte de un “grupo reducido presto a la inmediata asunción de actuaciones terroristas”.

Por ello, el Supremo consideró que la condena aquí recurrida supone una doble sanción por el mismo hecho, lo que es contrario al principio 'non bis in idem'. Así, anuló la condena de 9 años por integración y Ruiz Jaso quedó tan sólo condenado a 2 años de prisión por falsedad de documento oficial.

Etiquetas
stats