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El exdelegado del Gobierno en Euskadi y el expresidente de Kutxabank serán juzgados por “apropiación indebida”

Mario Fernández llega a la Fiscalía.

eldiarionorte.es

El Juzgado de Instrucción número 4 de Bilbao ha dado por concluida la fase de instrucción preparatoria del “caso Kutxabank” y ha acordado abrir el juicio oral contra los imputados, entre ellos el expresidente de la entidad, Mario Fernández, y el exdelegado del Gobierno en Euskadi, Mikel Cabieces. El juzgado ha acordado seguir el procedimiento en el caso por el supuesto cobro irregular por parte de Cabieces de una retribución de más de 240.000 euros en tres años pagada por Kutxabank por supuestos trabajos realizados para el banco desde la firma de abogados que dirige el letrado Rafael Alcorta.

En ese proceso están imputados el propio Cabieces, el que fuera presidente del banco vasco, Mario Fernández, y el abogado Rafael Alcorta. Se les acusa de los delitos de administración desleal, en concurso con un delito de apropiación indebida y de falsedad documental.

En su auto, el Juzgado de Instrucción número 4 de Bilbao señala que en este caso “se puede hablar de la existencia de un perjuicio directo para la entidad y un correlativo para un tercero, concurriendo también la disposición fraudulenta de bienes de la sociedad y el abuso de las funciones del cargo, elementos necesarios para poder considerar la existencia de un delito de administración desleal”.

Según se indica, las salidas de dinero desde Kutxabank entre marzo de 2012 y noviembre de 2014 destinadas a Mikel Cabieces mediante abonos mensuales de una cantidad fija resulta “incuestionable” y se efectuaban a través de los pagos del banco al despacho de abogados de Rafael Alcorta, con el que la entidad tenía suscrito un contrato de servicios bajo la fórmula de la “iguala”.

El juez señala que aunque se ha tratado de justificar la incorporación de Cabieces a la actividad que desarrollaba el despacho de abogados en la coyuntura de un mayor volumen de trabajo en materia social y laboral tras la integración de las cajas vascas en Kutxabank y la adquisición de Cajasur, “no se daban las circunstancias necesarias para una nueva contratación”. Además, considera que el importe de las percepciones “no guarda proporción con el valor de la actividad desarrollada”.

El juez indica que el presidente de Kutxabank “impuso” al responsable de Recursos Humanos de la entidad la realización de “unos abonos periódicos” durante un período determinado de tiempo, “obviando el procedimiento regulado vigente en la entidad” y sin existir un documento contractual, “impidiendo que pudiera efectuarse un control de la prestación del servicio”.

A su juicio, los anexos a las facturas “dejan claro que el importe facturado adicional al precio de la iguala no retribuía un trabajo de Rafael Alcorta, sino de un tercero, trabajo que no constaba”.

En la resolución se indica que, atendiendo a determinado documento, “la pretensión era facilitar la incorporación al mercado laboral” de Mikel Cabieces tras concluir su labor como delegado del Gobierno en el País Vasco, “asumiendo su formación” y “limitándose el trabajo relativo a la entidad a temas que no tuvieran visualización pública y con el letrado de CajaSur”.

“Por lo tanto -añade- no se trataba de la contratación de un profesional especialmente cualificado o de un profesional que aún debiera completar su formación pero en el que se pretendiera invertir como valor de futuro de la entidad.

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