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¡Pídele cuentas al rey!

Juan Carlos I en una imagen de archivo.

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A estas alturas, ya no debería sorprenderme casi nada. Pero no es así, pues sigo llevándome las manos a la cabeza ante acontecimientos, decisiones, reflexiones… que no alcanzo a comprender –la monarquía es, en sí misma, una institución que me resulta incomprensible e irracional–.

Y así, me sorprende todavía –cada día más, diría– todo lo que está ocurriendo en torno a la Corona por razón de la investigación de determinadas actividades de Juan Carlos I y lo que, debiendo producirse, es dudoso que vaya a tener lugar.

Se sabe que la Fiscalía de Suiza inició investigaciones y que la del Tribunal Supremo las sigue hasta el momento, tras recibirse los datos requeridos de aquella, acerca del supuesto cobro de comisiones en cuantía más que relevante por parte de Juan Carlos I por la construcción del AVE a La Meca, comisiones que habría recibido de Arabia Saudí y que habrían sido depositadas en Suiza –para empezar–, sin tributar en España –naturalmente–, y que esto habría ocurrido hacia 2008 y puede que también se hubieran producido hechos similares después de su abdicación en junio de 2014.

Sabemos también que Juan Carlos I estaría relacionado con la llamada Fundación Lucum, además de con alguna otra, de la que sería beneficiario Felipe VI, quien ya en abril de 2019 –según sus propias palabras– habría acudido a una notaría para comunicar que había enviado una carta a su padre renunciando a ello, para el caso de ser cierto. Y esto lo sabemos porque el propio Felipe VI emitió un comunicado el pasado 15 de marzo, en el segundo día del estado de alarma por la crisis sanitaria, en el que relató estos extremos y añadió su “renuncia” a la herencia de su padre –renuncia cuyo nulo alcance ya conocemos– y también que Juan Carlos I dejaba de percibir desde esa fecha la asignación fijada en los Presupuestos de la Casa del Rey. Presupuestos que se nutren, también por previsión constitucional, de los Generales del Estado, de modo que entre toda la ciudadanía se sostiene al Rey, su Familia y Casa –las mayúsculas también son constitucionales–.

Por tanto, sostengo que, si parte de mis impuestos se destinan a tal fin, algún derecho tendré a decir algo al respecto.

De un lado, las decisiones de Felipe VI son insuficientes e inefectivas, pero muy reveladoras de que algo muy grave está ocurriendo y de que Juan Carlos I, quien, por así haberlo decidido el Gobierno en un Real Decreto de junio de 2014, al abdicar, mantiene vitaliciamente el uso honorífico del título de Rey, seguía hasta el pasado marzo percibiendo asignación de los Presupuestos Generales del Estado, pues la percibía de los de la Casa del Rey. No sé ustedes, pero esta decisión la entiendo yo como la asunción de que el emérito no necesita ya dicha asignación y que tampoco la merece.

De otro lado, no sé cómo terminará la investigación de la Fiscalía ni si se abrirá una causa judicial al respecto, ni quiero prejuzgar nada. Pero parece claro que lo que está en cuestión es la “inviolabilidad” de Juan Carlos I y sus efectos sobre una posible investigación penal. Esto es, si, de existir indicios de haberse cometido algún delito, se abrirá procedimiento judicial o no en razón de la previsión constitucional de que “la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”.

Soy consciente de lo mucho que se ha dicho y escrito sobre esta cuestión, pero no me resigno a no decirlo yo también. En primer lugar, esta afirmación de la Constitución viene inmediatamente seguida de otra según la cual “sus actos estarán siempre refrendados”, remitiéndose a otro precepto según el cual ello lo será “por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes”, quedando excluido de tal refrendo únicamente el nombramiento y relevo de los miembros civiles y militares de su Casa.

Dicho de otra manera, la lógica constitucional supone que, dado que el jefe del Estado no puede realizar por sí mismo actos no refrendados, es esto lo que hace que su persona sea inviolable y no responsable, pues la responsabilidad recaería sobre quien refrendó los mismos. Claro que, como es bien obvio, ello solo afecta a los actos realizados como jefe del Estado y no a cualquier otro acto privado, que no está sometido a refrendo ni, por tanto, en mi opinión, le excluye de responsabilidad ninguna. Pensemos en cualquier actuación privada del Rey que pueda ser susceptible de alguna reclamación, simple o no: pensemos en que el Rey hubiera alguna vez cometido algún delito, por ejemplo, conduciendo su moto y atropellando a alguna persona, o cualquier otro de cualquier naturaleza. ¿De verdad alguien puede cabalmente sostener que, en un Estado democrático y de Derecho, el jefe del mismo no responda de tales hechos? Es cierto que en otros países –monarquías o repúblicas– hay sistemas similares, pero en las repúblicas la inviolabilidad es temporal, como el cargo de su jefatura, por lo que siempre llegará el día de poder perseguir hechos semejantes –véase lo ocurrido en Francia con Sarkozy–.

Pero, si esto ya afectaría al Rey, según yo lo entiendo, respecto de hechos acontecidos durante el ejercicio de la Jefatura del Estado, con mayor claridad habría de contemplarse su responsabilidad plena en relación con actos realizados tras su abdicación, no apreciándose ya ninguna razón para seguir aplicando tales previsiones constitucionales a quien no ostenta ya tal Jefatura y cuyos actos ya no refrenda nadie.

Veremos cómo lo interpreta la Fiscalía y el propio Tribunal Supremo, en su caso.

Quien ya lo ha interpretado, con el aval de sus servicios jurídicos, es la Mesa del Congreso, que rechazó, con los votos del PSOE, PP y Vox, una Comisión de investigación sobre las actuaciones referidas que había sido solicitada por Unidas Podemos, ERC, PNV, EH Bildu, JxCat, Compromís y Más País. Y ello, con el argumento de que la inviolabilidad del jefe del Estado es permanente y rige también tras perder tal condición por su abdicación. Criterio verdaderamente inasumible desde el punto de vista de la razón común y, desde luego, desde la razón política y jurídica de una cabal interpretación constitucional.

Pues eso, ¡pídele cuentas al Rey! Yo pago y yo se las pido. A los dos Reyes inviolables y a quienes los sostienen en esta posición.

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