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La Fiscalía apoya que se mantenga la orden de detención a Puigdemont y Comín

La Fiscalía apoya que se mantenga la orden de detención a Puigdemont y Comín

EFE

Madrid —

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La Fiscalía ha pedido al juez instructor del “procés”, Pablo Llarena, que rechace los recursos de Carles Puigdemont y Toni Comín contra su decisión de mantener las órdenes nacionales de detención e ingreso en prisión contra ellos, lo que les impidió acceder al acta de eurodiputados la semana pasada.

El ministerio público niega que el expresidente de la Generalitat y el exconseller, fugados a Bélgica tras el inicio de la instrucción en 2017, tengan inmunidad dado que ésta no se adquiere hasta que se tenga la plena condición de eurodiputado y el Parlamento se encuentre en período de sesiones.

“No cabe plantearse el alcance de una inmunidad que aún no se ha adquirido”, dice la Fiscalía en su escrito, en el que recuerda que los servicios jurídicos del Parlamento Europeo ya se pronunciaron en este sentido.

Como hizo Llarena, los fiscales rechazan comparar este caso con el de Francesco Musotto, que solicitó la intervención del Parlamento en amparo de su inmunidad cuando ya era miembro y el organismo se encontraba “en periodo de sesiones”, por hechos presuntamente delictivos que cometió en el tiempo que pasó desde su elección hasta su toma de posesión.

Los argumentos de la Fiscalía son muy parecidos a los que dio en el informe en el que se oponía al recurso de súplica de Oriol Junqueras contra la negativa del tribunal del “procés” de permitirle salir de prisión el pasado lunes para acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central (JEC) y continuar con los trámites para ser eurodiputado.

Ni Puigdemont, ni Junqueras, ni Comín acudieron así al Congreso, de modo que sus escaños quedaron vacantes; además la JEC rechazó por unanimidad la petición del abogado del expresident para que diese por válida una fórmula de acatamiento ante una autoridad notarial de Bélgica.

Recuerda la Fiscalía que el Parlamento “no puede poner en cuestión la propia regularidad de la proclamación efectuada por la Junta Electoral Central” dado que “la adquisición efectiva” de la condición de europarlamentario está sujeta a la legislación nacional.

Y añade que “en el momento actual sean cuales sean los criterios hermenéuticos aplicados al caso”, ninguno está protegidos por la inmunidad frente a las actuaciones judiciales contra ellos.

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