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El Congreso admite a trámite una iniciativa para recuperar la justicia universal

El diputado de Sumar Enrique Santiago interviene en la sesión plenaria del Congreso, este martes en Madrid.

Alberto Ortiz

20 de febrero de 2024 20:30 h

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El Congreso de los Diputados comenzará a tramitar una ley para recuperar en la legislación española la jurisdicción universal, limitada primero durante el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero y eliminada definitivamente en 2014 bajo la mayoría absoluta del PP de Mariano Rajoy. El PSOE y el resto de partidos del bloque de la investidura han votado a favor de la toma en consideración de una proposición de ley de Sumar que iniciará ahora su senda parlamentaria. 

La propuesta de Sumar busca devolver a los juzgados españoles la posibilidad de investigar y perseguir crímenes de derecho internacional independientemente del país en el que se haya cometido: genocidio, crímenes de guerra, torturas o delitos de lesa humanidad, entre otros. Es el principio que permitió por ejemplo al juez Baltasar Garzón ordenar el arresto del dictador chileno Augusto Pinochet o investigar los crímenes cometidos por la última dictadura argentina. 

Este principio estuvo habilitado por la legislación española hasta 2014 a través del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establecía que los jueces españoles eran competentes “para conocer los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional” que estuviesen tipificados como delitos de derecho internacional según la ley penal española.

La primera modificación de este precepto la introdujo el Congreso en 2009, durante el mandato de Zapatero, gracias a los votos socialistas y los del Partido Popular, CiU y PNV. Entonces, se introdujo la necesidad de acreditar “determinados puntos de conexión con España o un vínculo de conexión relevante con España”, recuerda la proposición de ley de Sumar. 

El portavoz sustituto del grupo parlamentario, Enrique Santiago, ha recordado que aquella limitación fue anunciada en 2008 por la ministra de Exteriores de Israel, Tzipi Livni, tras una conversación con su homólogo español Miguel Ángel Moratinos, aunque en su momento la Moncloa negó aquellas palab ras. “Desde 2008 la Audiencia Nacional instruía una causa por un ataque desproporcionado sobre la franja de Gaza. Una bomba donde murieron 14 civiles, la mayoría mujeres y bebés. Tras la reforma, la Audiencia Nacional tuvo que archivar esta investigación y estos crímenes hoy continúan en la impunidad”, ha dicho el diputado de Izquierda Unida. 

Finalmente, en 2014, la mayoría absoluta del PP y mediante vía rápida en el Congreso, la limitó a “supuestos prácticamente imposibles” como ha dicho este martes Santiago desde la tribuna del Congreso, “eliminando la posibilidad de colaboración con la justicia eliminando la acusación popular”. 

“Esta reforma, todavía vigente, limita la competencia de los tribunales españoles hasta el punto de que en los delitos más graves, como por ejemplo los de genocidio y lesa humanidad, se exige que la persona a la que se le impute el hecho delictivo se encuentre en territorio español, o en los delitos de tortura se exige que el procedimiento se dirija contra un español o que la víctima tuviera nacionalidad española en el momento de comisión de los hechos y la persona a la que se impute la comisión del delito se encuentre en territorio español”, plantea la proposición de Sumar en su exposición de motivos. “Es evidente que con esta reforma se restringió el principio de justicia universal, y además para los crímenes internacionales más graves, hasta unos límites que lo hacen irreconocible”, considera. 

La ley que propone ahora Sumar quiere volver a una redacción de 1985 pero recuperando ciertos aspectos de la reforma de 2009, en concreto, la limitación que establecía la necesidad de que se acreditase algún vínculo con España, aunque en este caso elimina esa condición para los delitos de terrorismo. 

“Sin perjuicio de lo que pudieran disponer los tratados y convenios internacionales suscritos por España, para que puedan conocer los Tribunales españoles de los anteriores delitos, deberá quedar acreditado que sus presuntos responsables se encuentran en España o que existen víctimas de nacionalidad española, o constatarse algún vínculo de conexión con España y, en todo caso, que en otro país competente o en el seno de un Tribunal internacional no se ha iniciado un procedimiento judicial con garantías que suponga una investigación y una persecución efectiva y eficaz, en su caso, de tales hechos punibles”, precisa la propuesta. 

“Lo que proponemos con esta proposición de ley es volver al modelo de 1985, incluso conservando algunos de los requisitos de la reforma de 2009, con propuestas razonables que exigen algún vínculo del caso con nuestro país, salvo en los casos de genocidio, donde el bien jurídico protegido es la humanidad en su conjunto y debe ser perseguido eficazmente”, aseguró el diputado de Sumar en la rueda de prensa en la que el grupo parlamentario presentó la iniciativa. 

La reforma que plantea Sumar recupera también el “ejercicio de la acción popular” que eliminó totalmente la reforma de 2014 y habilita una mejora técnica, según el grupo, respecto al sistema de 1985, “para poder perseguir delitos según leyes españolas o tratados internacionales ratificados por España, cuando se entiende que son delitos contra la dignidad humana y que vulneran Derechos Humanos básicos, por ejemplo delitos apartheid o de esclavitud”.

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