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Urdangarin y Torres buscaban conocidos para hacerles contratos ficticios para simular incrementos de plantilla

EUROPA PRESS

PALMA DE MALLORCA —

Según la exposición de hechos probados, ambos pretendieron simular nuevas contrataciones de personal para generar un aumento de gastos deducibles y la correlativa disminución de la base imponible y cuota del impuesto de sociedades de libertad de amortización.

En concreto, la sentencia alude a comunicaciones telemáticas en las que se hace referencia abiertamente a la falsedad y finalidad de estos contratos.

ADQUIRIERON NÓOS EN 2002

Urdangarin y Torres decidieron dedicarse conjuntamente a actividades empresariales de consultoría, diseño y organización de eventos en 2002: Diego Torres diseñaría los proyectos y asumiría tareas de dirección de estructura y recursos humanos y materiales, mientras que Urdangarin se dedicaría al ámbito institucional y comercial proporcionando los contactos necesarios que su posicionamiento le procuraba.

Para ello adquirieron la mercantil Nóos Consultoría Estratégica SL y la Asociación Instituto Nóos de Investigación Aplicada, actuando ambas entidades bajo la denominación común Nóos.

De 2003 a 2006 la mayor parte de proyectos a terceros fueron convenidos con instituciones públicas a través de la Asociación Instituto Nóos, si bien cuando eran clientes privados operaban indistintamente a través de una u otra entidad.

Además, Urdangarin se sirvió de Aizoon SL, constituida en 2003 al 50% con la Infanta Cristina, para operar con terceros proveedores. El ex duque ostentaba el cargo de administrador único.

Por su parte, Diego Torres se sirvió de distintas mercantiles la mayoría de ellas de propiedad y administradas por su matrimonio.

425 FACTURAS POR UN IMPORTE DE 8 MILLONES

Todas estas mercantiles propiedad de ambos socios emitieron contra las entidades de Nóos un total de 425 facturas por un importe de más de ocho millones de euros.

Además, el tribunal considera probado que todas estas entidades se hallaban bajo el dominio “real y efectivo” de Torres y Urdangarin y que sus socios no participaban en la toma de decisiones, elaboración de proyectos, presentación y venta, determinación del precio y confección de la facturación.

Este control “pleno y absoluto” sobre las mercantiles permite advertir que los responsables del beneficio económico, y quienes han asumido el riesgo empresarial son Urdangarin y Torres como personas físicas y no las sociedades.

BLANQUEO CAPITALES

Según el relato de hechos probados, Diego Torres quiso ocultar en 2006 la cuota defraudada a Hacienda y reincorporarla al tráfico legal por lo que encomendó a Miguel Tejeiro la puesta en marcha de una estructura societaria internacional.

Además, a Marco Antonio Tejeiro le ordenó confeccionar facturas falsas al Instituto Nóos (u entre otras empresas del entramado) de sociedades mercantiles integradas en dicha estructura internacional. De este modo, acababan remansadas tales ganancias en cuentas de Andorra y Luxemburgo de las que eran titulares, individual o conjuntamente, Diego Torres y Ana Tejeiro.

Miguel Tejeiro contactó con otro de los acusados, Salvador Trinxet, abogado especialista en fiscalidad internacional, que ha resultado absuelto. Trinxet proporcionó un entramado internacional con sociedad matriz en Belice y una sociedad filial en Londres, que fue transmitida a Ana María Tejeiro.

Esta sociedad “carecía de estructura y actividad empresarial” y la única persona que figuraba como administrador y empleado no ejerció nunca como tal, aun cuando aparecía como trabajador en nómina. En aquellas fechas la actividad se correspondía con la organización de eventos del Instituto Nóos en Valencia y Baleares.

El tribunal no considera probada la participación de Iñaki Urdangarín en la ocultación y blanqueo de capitales que hizo Torres, ni que Trinxet tuviera conocimiento del origen ilícito de los fondos, ni del hecho que procuró a Torres tuviera como objetivo ocultar y blanquear dichas cantidades.

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