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Vox pide casi seis años de cárcel a un tuitero por escribir “Monasterio y Abascal colgados del Puente de Vallecas”

El líder de Vox, Santiago Abascal (d), y la candidata del partido a la presidencia de Madrid, Rocío Monasterio, durante un acto celebrado en Vallecas

Alberto Pozas

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Santiago Abascal, Rocío Monasterio y el partido Vox han pedido que un joven vaya casi seis años a la cárcel por escribir “Monasterio y Abascal colgados del Puente de Vallecas” en una red social poco antes de un mitin del partido en el barrio en las elecciones de 2021. La Fiscalía ha rechazado presentar acusación contra él y defiende que, como mucho, podría ser acusado de un delito leve de amenazas, pero la abogada del partido de extrema derecha ha pedido un total de cinco años y nueve meses de presidio para él, además de una indemnización de 10.000 euros, por un delito de odio y otro de amenazas.

El acusado escribió el tuit en su cuenta, de unos pocos seguidores, el 5 de abril de 2021, un mes antes de las elecciones autonómicas en las que Rocío Monasterio concurría como cabeza de lista de Vox a la Asamblea de Madrid. “Abascal y Monasterio colgadxs del puente de Vallekas como sus ídolos italianos”, decía el mensaje con una fotografía del cadáver del dictador fascista italiano Benito Mussolini, colgado de una viga en Milán tras ser fusilado por partisanos comunistas.

El mensaje, borrado pocos días después por el propio usuario, fue escrito pocos días antes del mitin de precampaña que Vox y sus líderes ofrecieron en la plaza de la Constitución de Vallecas que terminó en enfrentamientos y cargas policiales. La Policía Nacional detuvo al autor del tuit pocos días después, acusándole de un delito de odio y destacando en sus informes que era simpatizante de una peña del Rayo Vallecano, que había retuiteado algunos mensajes del grupo ultra de Bukaneros y que tenía una foto de una camiseta con las iniciales ACAB (All Cops Are Bastards).

La causa contra él parecía abocada a un juicio por delitos leves, como había solicitado la Fiscalía, pero tal y como reveló elDiario.es la Justicia decidió estimar una petición de Vox y sus dirigentes para que fuera juzgado por delito de odio, exponiéndose a penas mucho más altas de cárcel. La pena que solicita el partido de extrema derecha suma cinco años y nueve meses de presidio: tres años por delito de odio y dos años y nueve meses más por amenazas agravadas.

La petición que hacen de forma conjunta Vox, Abascal y Monasterio incluye una multa de 2.400 euros y que el condenado les indemnice con un total de 10.000 euros por ese tuit. Un dinero que, especifican, no es para ellos: sería para donar a una asociación de apoyo a los huérfanos de la Guardia Civil. También solicita que se le expulse de España mientras cumple condena aunque el acusado tiene nacionalidad española.

El fiscal Ángel Guzmán, en un escrito al que ha tenido acceso elDiario.es, entiende sin embargo que en ningún caso se trata de un delito de odio y no presenta ningún tipo de acusación contra el joven. Entiende el Ministerio Público que, como mucho, podría ser encausado por un delito leve de amenazas con agravante de discriminación, pero no por odio: “No merece reproche como discurso de odio, no incita públicamente ni a la hostilidad ni a la discriminación o violencia”, dice la Fiscalía. Añade también el Ministerio Público, citando al Tribunal Supremo, que un partido político no es un “colectivo diana” y por tanto posible víctima de este tipo de delitos en el contexto de unas elecciones.

Cargas policiales y lanzamiento de objetos

En su escrito de acusación, la extrema derecha entendía que existió “una clara intención de incitar al odio hacia los simpatizantes y dirigentes de Vox, así como crear un ambiente hostil y amenazante para ellos y demás asistentes al mitin de Vallecas”. Intentan ligar de esta forma este mensaje, que según la propia Policía apenas tenía posibilidad de influencia por su escaso número de seguidores en Twitter, con los disturbios que tuvieron lugar pocos días después en el acto de precampaña del partido.

Abascal y Monasterio lideraron a la representación de Vox en la plaza de la Constitución de Vallecas, también conocida como la 'Plaza Roja', donde decenas de personas acudieron para protestar contra la presencia del partido en el barrio. Los enfrentamientos entre manifestantes y seguidores de Vox, con lanzamiento de piedras y objetos, terminaron en cargas policiales, dos detenidos y un agente de Policía Nacional herido.

A lo largo de la investigación, el joven ha explicado que escribió ese mensaje “como una forma de expresar su rechazo hacia Vox, con el que no comparte su ideología, al que considera un partido de ultraderecha”, añadiendo que borró el mensaje poco después “por si alguna persona se pudiera sentir ofendida”. Este tuitero será juzgado por un delito de odio después de que la Audiencia Provincial de Madrid estimara un recurso de Vox y aceptara que se le acusara de ese delito en contra del criterio de la Fiscalía.

El juzgado que llevó el caso había rechazado esta acusación tras recordar que el Tribunal Supremo ha dicho varias veces que Vox y sus miembros no pueden ser víctimas de un delito de odio, reservado para colectivos desfavorecidos en riesgo de algún tipo de exclusión u opresión. Por ejemplo, cuando la ministra Ione Belarra les comparó con los nazis.

La Audiencia reconoció que el Supremo ha establecido que entre las potenciales víctimas de los delitos de odio no están comprendidos “en línea de principio, partidos políticos, constituidos legalmente, que se encuentran en liza electoral en un debate público, en el contexto de unas elecciones democráticas”. Pero citó otra sentencia del mismo tribunal que, según su criterio, abre la puerta a considerarlo así: una que en mayo de este año confirmó la condena de cárcel por delito de odio para varios ultras de Sant Andreu por destrozar en 2016 una carpa informativa de 'Barcelona con la selección', asociación que fomenta el apoyo a la selección española de fútbol en Catalunya.

Interpreta esta magistrada que el delito de odio existe para combatir “los ataques a la igualdad” y que la protección de minorías o colectivos desfavorecidos “no está previsto ni exigido en el tipo penal” por lo que “protege a toda la sociedad, sean los afectados minoría o mayoría, estén o no estén desfavorecidos en la actualidad o en el pasado”.

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