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La orden con las nuevas restricciones para las ciudades con más casos de coronavirus que Sanidad ha transmitido a las comunidades

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El Ministerio de Sanidad notificó anoche a las comunidades la orden para aprobar la declaración de actuaciones pactada por mayoría en el Consejo Interterritorial. La resolución que recoge el acuerdo ha sido publicada este jueves en el BOE y, según el departamento de Salvador Illa, no precisa de nueva publicación en el BOE. Por tanto, según el Gobierno comienza a transcurrir el plazo de 48 horas para poner en marcha las limitaciones en las diez localidades de la Comunidad de Madrid afectadas, que se cumpliría en la noche del viernes: “Si a la fecha de notificación a la comunidad autónoma de esta Declaración de Actuaciones Coordinadas ya existieran municipios en los que concurren las circunstancias previstas (...), la comunidad autónoma correspondiente adoptará los actos y disposiciones que resulten precisos para dar cumplimiento a lo establecido en un plazo máximo de 48 horas desde en el momento en el que se produzca dicha notificación”, recoge el texto.

Contra la orden podrá interponerse recurso de reposición ante la persona titular del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes desde su notificación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses. La Comunidad de Madrid estudia hacerlo porque considera que el texto no tiene validez jurídica al no haberse producido un “consenso” entre todas las comunidades: cuenta con el rechazo de Catalunya, Galicia, Andalucía, Comunidad de Madrid, la Región de Murcia y la ciudad autónoma de Ceuta, pero salió adelante aprobado por mayoría. La resolución, publicada en el BOE, recuerda que el acuerdo “será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con independencia del sentido de su voto”.

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