El TSJ de Andalucía vuelve a rechazar confinar Montefrío (Granada) por entender que no lo ampara la Ley de Salud Pública
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha vuelto a rechazar por segunda vez la medida de confinar el municipio granadino de Montefrío y no ha ratificado la orden del 12 de mayo que la Consejería de Salud y Familias le trasladó a este respecto, advirtiendo de que la Ley de Salud Pública no ampara restricciones de derechos fundamentales a gran escala como esta, algo que “solo tiene cobertura con la Ley de los estados de alarma, excepción y sitio”.
En un auto fechado este viernes, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados argumentan que si las autoridades sanitarias pudieran limitar o suspender derechos fundamentales con la Ley de Salud pública -que los faculta para tomar las medidas que consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible- no sería necesario siquiera decretar el estado de alarma.