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El informe de la Eurocámara sobre la inmunidad de Ponsatí le atribuye un delito que no estaba en la euroorden del Supremo

25 febrero 2021 - 13:15 h
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí en el Parlamento Europeo

El informe aprobado este martes en la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo para levantar la inmunidad de la eurodiputada Clara Ponsatí afirma que “el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo español solicitó la suspensión de la inmunidad por un presunto delito de sedición y por un delito de malversación de fondos públicos”. Sin embargo, en su carta del 10 de febrero de 2020, el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, remite al presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, una solicitud de suplicatorio en la que incluye autos de procesamiento del caso de mayo de 2018 y marzo 2019, así como la sentencia del procés de octubre de 2019 y el auto de la euroorden de octubre de 2019.

Y en esa euroorden de 4 de noviembre de 2019 que incluye Lesmes en su carta a Sassoli, el juez instructor del Supremo, Pablo Llarena, en la página 54 del auto, atribuye a Ponsatí y Toni Comín cargos de sedición, pero los de malversación los deja para Comín y el ex conseller Lluís Puig.

“La corrección de errores está prevista en las normas, incluso para textos ya aprobados en pleno y publicados, hasta directivas y reglamentos”, explican fuentes de la comisión de Asuntos Jurídicos, dando por hecho el error: “Es más, las normas permiten corregir errores incluso en textos ya aprobados y publicados, incluso en directivas y reglamentos. A veces hay errores administrativos”.

Informa Andrés Gil, corresponsal en Bruselas.

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