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Un juez de Madrid ratifica la primera multa en la comunidad por incumplir las restricciones en el primer estado de alarma

27 abril 2021 - 17:05 h
Agentes de Policía Nacional durante un control en la carretera A-5, en Madrid (España), en la tarde del 9 de octubre de 2020.

El juez de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid ha confirmado una sanción de 601 euros —300,5 por pronto pago— que el Ayuntamiento de Arroyomolinos impuso a una vecina que paseaba el 2 mayo del año pasado con menores en las franjas horarias reservadas a personas mayores de setenta años incumpliendo las restricciones establecidas como consecuencia del primer estado de alarma decretado por la pandemia, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Se trata de la primera resolución de esta naturaleza en la Comunidad de Madrid, según el tribunal autonómico.

La mujer multada recurrió la sanción y solicitó que fuera anulada y se devolviera el dinero abonado más los intereses con el argumento de que no existió ningún “mandato expreso e individualizado” que hubiera desobedecido y de que en el procedimiento hubo una “ausencia de detalle y prueba alguna de la supuesta infracción”. No lo cree así el magistrado, que en la sentencia considera acreditado que existía una “orden muy concreta y precisa” de la autoridad competente “dirigida a todos los ciudadanos” como consecuencia de la declaración del estado de alarma y su publicación en el diario oficial. 

Por Elena Herrera.

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