Una sentencia reconoce el derecho de una trabajadora cántabra a anular vacaciones coincidentes con el estado de alarma
Una sentencia del Juzgado de lo Social 3 de Santander ha reconocido a una trabajadora de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria su derecho a anular cuatro días de vacaciones que había solicitado, porque coincidieron con el confinamiento general del estado de alarma, y a sustituirlas por otro período vacacional.
La sentencia, que estima una demanda de la sección sindical de UGT en el Ejecutivo autonómico, aclara que la trabajadora solicitó a principios de año cuatro días de vacaciones, del 13 al 17 de abril, y que tras decretarse el estado de alarma, que se prolongó hasta el 21 de junio, envió un whatsApp el 24 de marzo para anularlas por coincidir con el confinamiento general y volvió a solicitarlo el 2 de abril .
El fallo judicial asevera de manera textual que si la trabajadora “no puede salir de su casa por confinamiento forzado no serán vacaciones, no se corresponderá ese período con un legítimo y constitucional derecho al descanso anual que todo trabajador ha de tener”.
La sentencia compara el caso con la situación generada por una incapacidad temporal y matiza que “cuando un trabajador cae en situación de incapacidad temporal antes o durante el disfrute de las vacaciones conserva el derecho a disfrutar sus vacaciones en un período ulterior”, por lo que “parece razonable y lógico que si se ve afectado por una causa de fuerza mayor que condicione de modo directo sus vacaciones, conserve su derecho a disfrutarlas”.
Informa elDiario.es Cantabria.