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La reforma local: más allá de los sueldos de los alcaldes

Charo Solís

El Gobierno de Rajoy ha pretendido convertir el debate de la reforma local en otro apéndice más de la austeridad imperante. Se trata de ahorrar y buscar una mayor eficacia: evitando duplicidades en la prestación de servicios por distintas administraciones y con una reducción doble de los costes ya que, además, se suprimen y reducen los sueldos de alcaldes y concejales. En cifras ya está contabilizado: se salvarían 7.129 millones, 2.150 de ellos en Andalucía, según los datos del PP.

Pero tras el eslogan de las rebajas salariales de los políticos, se esconde un profundo cambio en la adscripción de las competencias entre administraciones. Lo que puede y no puede hacer un ayuntamiento que supone, de hecho, una reorganización de la distribución del poder dentro del Estado. Y esta reordenación, que el Gobierno define como un “modelo de gestión por resultados”, ha puesto en guardia a la Junta de Andalucía. Tres son las “amenazas” que se atisban desde el sur: recentralización, privatización de servicios y un ataque a la democracia local por vaciado de competencias.

Estas son las claves de este cambio:

1.- ¿Por qué quiere el Gobierno fijar las competencias municipales?

La Constitución es muy vaga. Sólo recoge que los ayuntamientos gozarán de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses (art. 137) y que dispondrán de medios económicos suficientes para cubrirlos, dejando la puerta abierta a que se concrete en la legislación estatal o autonómica. Y la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) se limita a marcar unos servicios públicos mínimos (alumbrado público, cementerio, recogida de basuras o abastecimiento) y remite a una legislación sectorial. Esta imprecisión, por tanto, deja en manos autonómicas parte de la solución, dando pie a diferencias entre comunidades.

2.- ¿Y Andalucía?

Fue pionera en 2010 al aprobar la Ley de Autonomía Local de Andalucía (LAULA) que especifica qué debe gestionar un ayuntamiento, y otra en paralelo, la Ley de Participación de los entes locales en los tributos de la comunidad, que garantiza los mecanismos de financiación a los ayuntamientos.

3.- ¿Chocarían la futura norma estatal con las dos andaluzas?

La Junta ya lo está estudiando. Ambas desarrollan los artículos 92 y 93 del Estatuto de Andalucía, que es una ley orgánica.

4.- El Gobierno hace hincapié en quitar las competencias impropias a los ayuntamientos. ¿Qué son?

Son competencias que estos asumen y que corresponden a administraciones de rango superior, bien sea el Estado o la comunidad autónoma.

5.- ¿Y cuáles son?

El informe del anteproyecto de ley señala las competencias en sanidad, educación y servicios sociales, que serán exclusivas de las comunidades. Las dos primeras deberán retornar a los ejecutivos autonómicos en el plazo de cinco años. Así, la red escolar básica que recae al 100% en manos municipales, es decir, limpieza, mantenimiento y obras en colegios, pasaría a la Junta. Los servicios sociales, que según la LBRL deben recaer en los ayuntamientos, tendrán el plazo de un año para su cambio de titularidad.

6.- Y si no les competen, ¿por qué acaban en manos municipales?

Por la condición de los ayuntamientos de administración más cercana. No se puede obviar que la asunción de determinados servicios también esconde cierto interés electoral, porque puede ser un yacimiento de votos.

7.- ¿Qué harán las comunidades autónomas?

Asumir esas competencias impropias de los ayuntamientos, algo que supondrá un gasto adicional. El Gobierno central aún no ha dicho nada sobre cómo se financiará.

8.- ¿Y las diputaciones?

Se refuerzan. Todos los servicios municipales se someterán a un proceso de evaluación en términos de coste y eficacia, y si no cumplen unos estándares de calidad y se trata de uno de los servicios mínimos que marca la ley, pasará a las diputaciones cuando se trate de municipios de menos de 20.000 habitantes (en los municipios de mayor tamaño pueden reintegrar ese servicio a una administración superior o acordar su delegación). Eso para el Gobierno andaluz representa una amenaza a la autonomía del 87% de los 771 municipios de esta comunidad. Ve que se trata de reducir su tamaño financiero a favor de las diputaciones (cinco están gobernadas por el PP y tres por el PSOE)

9.- ¿Significa esto más privatizaciones?

El Gobierno central mantiene que, lejos de privatizar los ayuntamientos, se quiere potenciar la gestión pública directa. Sin embargo, en su informe se contradice al añadir la coletilla de que “un servicio podrá ser prestado por una entidad pública empresarial local o sociedad mercantil local cuando sea más sostenible y eficiente”. Esa sombra también planea sobre las diputaciones. Tampoco estas están boyantes y si tienen que hacerse cargo de servicios públicos extra, pueden acabar externalizándolos. Si eso repercute en el bolsillo del ciudadano dependerá de quién lo gestione, porque la reforma local no entra en la homogeneización de precios y tasas (el informe resalta que la reforma servirá para que la ciudadanía sepa “cuánto les cuestan los servicios públicos en su municipio, cómo se administran y si son más caros o baratos”.

10.- ¿Constitucional o inconstitucional?

El vicepresidente primero del Gobierno andaluz y consejero de Administración Local, Diego Valderas, ha encargado un estudio porque entiende que puede invadir las competencias recogidas en el Estatuto andaluz y, por tanto, puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional. El PSOE tiene ya claro que es inconstitucional. Se ampara en el artículo 140, que “garantiza” la autonomía de los municipios. A estos factores añaden cierto tufo mediático en la futura norma, al representar los ayuntamientos sólo un 4,5% del déficit de todas las administraciones públicas, estando concentrado el 50% en los de Madrid y Barcelona.

11.- ¿Y qué dicen los alcaldes del PP?

En el PP-A también parece haber levantado ampollas la propuesta. Fuentes populares creen incluso que el informe es un globo sonda de Moncloa para ver por dónde respiran sus alcaldes. De cara al público, cierran filas ante una propuesta encaminada a la contención del gasto.

12.- ¿Puede afectar al servicio que reciben los ciudadanos?

En el PSOE opinan que sí y que puede dar pie a la existencia de ciudadanos de primera y de segunda. Su teoría es que si un colegio necesita arreglar un techo o hay problemas de limpieza, es más rápido y eficaz que sea el ayuntamiento quien lo solucione, y además el ciudadano se siente mejor atendido si tiene más facilidades para trasladar su demanda que si tiene que dirigirse a una administración que puede estar a kilómetros de distancia. El PP no ve perjuicio alguno.

13.-¿Qué pasa con el sueldo de alcaldes y concejales?

Los márgenes establecidos por el Gobierno central están por encima de los límites que se fijaron en Andalucía en un acuerdo de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) en 2011. Según el informe gubernamental, el máximo serán los 100.000 euros que cobrarán los alcaldes de las ciudades de más de 500.000 habitantes y los 20.000 euros de las ciudades de hasta 1.000 habitantes. La recomendación de la FAMP para esa horquilla: 67.892 euros para los alcaldes de grandes ciudades y por debajo de los 44.861,87 euros para las localidades de menos de 20.000 habitantes.

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