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Turismo en tiempos de Airbnb: cómo gestionar la tensión entre convivencia y economía colaborativa

Imagen de la protesta de los vecinos de Barcelona en agosto de 2014. Foto: EFE

Marta Garijo

Las multitudinarias protestas de los vecinos de Barcelona contra los alojamientos turísticos sin licencia en el centro de la ciudad muestran la difícil fórmula que se genera al mezclar turismo masivo, convivencia vecinal y legislación. Un año después de las manifestaciones vecinales, la madeja legislativa para regular las viviendas vacacionales -cuyo uso se ha multiplicado gracias a plataformas de Internet como Airbnb- sigue sin acabar de desenredarse con nuevas propuestas de algunas administraciones frente a la paralización del proceso de regulación en otras comunidades autónomas.

La última idea del Ayuntamiento de Barcelona propone condonar parte de la multa por alquilar un alojamiento de forma ilegal a cambio de ceder la vivienda al fondo de viviendas de la ciudad, con una prueba piloto en el distrito de Ciutat Vella. Esta proposición se suma a la paralización de la concesión de licencias turísticas durante un año con el objetivo de planificar el modelo turístico de la ciudad, la creación del Consejo de Turismo y Ciudad como órgano de participación y la solicitud a la Generalitat para poder recaudar y gestionar el 100% del Impuesto Turístico.

La capital catalana es la ciudad donde el problema de convivencia vecinal es más grave, y Consistorio y Generalitat tratan de buscar soluciones. Así, el Gobierno autonómico prepara un nuevo decreto para “ordenar y regular” las nuevas modalidades de alojamiento turístico que completaría la normativa actual, aunque la cercanía de las elecciones del 27 de septiembre puede hacer que se retrase su aprobación -actualmente se encuentra en fase de información pública-.

El proyecto busca regular, entre otras cuestiones, los alojamientos tipo bed and breakfast -nomenclatura inglesa para servicios de alojamiento y desayuno- y la posibilidad de alquilar habitaciones en residencias habituales. Unas nuevas modalidades que el Ayuntamiento también considera que deberían entrar en el debate sobre cómo gestionar el modelo turístico de la ciudad.

En el lado de las comunidades que menos han avanzado se encuentra Andalucía, donde los comicios autonómicos de marzo pasado han retrasado la aprobación de una normativa para regular el alquiler de este tipo de viviendas. A pesar de que el año pasado parecía que la norma estaba a punto de ser publicada, a día de hoy todavía se encuentra en fase de tramitación. Este borrador regulará, si no hay cambios, el alquiler de aquellas viviendas que se contraten por un periodo menor a dos meses y también recoge la posibilidad de que se alquilen habitaciones dentro de un piso habitual. Entre los requisitos para poder arrendarlas se encuentran la necesidad de tener licencia de ocupación, estar amuebladas, contar con un botiquín o disponer de servicio de limpieza.

En el caso de la Comunidad de Madrid, esta aprobó hace un año un decreto para regular este apartado. Sin embargo, en marzo la CNMC (la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) recurrió esta norma por considerar que supone un “obstáculo a la competencia”. Un año después y tras las elecciones autonómicas, las competencias de turismo han cambiado de consejería. Si antes se encontraban bajo el paraguas de la cartera que agrupaba Economía, Turismo y Cultura, ahora dependen de Presidencia. Preguntados por las inspecciones y los resultados después de un año de aprobación de esta normativa, desde la Comunidad de Madrid no se ha dado respuesta.

El mercado evoluciona más rápido

La disparidad normativa provocada por que sean las comunidades quienes tienen transferidas las competencias de turismo se une al fuerte incremento del uso de este tipo de alojamiento de la mano de Airbnb y otras grandes plataformas de internet como Homeaway. El resultado de esta mezcla es que el mercado evoluciona más rápido que la normativa para regularlo. A esta falta de músculo legislativo se suma la transversalidad de la regulación aplicable. Por un lado, se encuentra la problemática fiscal de controlar que los propietarios paguen impuestos y hacer aflorar los alquileres sumergidos. A ello se suma la normativa turística que regula los requisitos necesarios para conseguir licencias y poder ser comercializada.

Además, en algunas comunidades la capacidad de sancionar está en manos de los ayuntamientos. “En el caso de Barcelona, la capacidad sancionadora es de la Generalitat por la ley turística que regula las viviendas turísticas, pero también del Ayuntamiento de la capital”, explica Miguel Ferrer, asesor jurídico en temas regulatorios de negocios digitales. La Generalitat abre la “actividad inspectora” y la información recabada en el caso de Barcelona se envía al Ayuntamiento.

Las cifras de la última campaña, que abarca desde el 1 de enero de 2014 hasta el 30 de junio, arrojan un balance de 8.490 actuaciones inspectoras, 2.164 expedientes informativos abiertos, 585 expedientes sancionadores incoados, 363 resoluciones sancionadoras y 1.600.000 euros en multas (incluidas las propuestas de resolución aceptadas). Unos datos a los que habría que sumar las sanciones del Ayuntamiento.

Desde el Consistorio barcelonés explican que en lo que va de año se han iniciado 203 expedientes sancionadores ordinarios a viviendas que hacen función turística sin tener licencia para ello. Respecto a las multas, las sanciones se mueven en una horquilla de hasta 90.000 euros, aunque las más habituales rondan los 15.000 euros por la proporcionalidad de la infracción cometida y porque hay jueces que son proclives a sanciones más bajas cuando el margen es tan amplio.

“La normativa marca que las sanciones pueden ser muy graves (900.000 euros), graves (90.000) y leves (9.000). En ningún caso estamos hablando de sanciones muy graves, que serían las que pueden vulnerar la seguridad de los edificios y las personas. Estamos en la horquilla de leves (9.000) a graves (90.000)”, explican.

La modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013 dejó a las comunidades la capacidad para gestionar estos alquileres de viviendas turísticas al dejarlas excluidas en la normativa. Queda fuera del ámbito de esa ley estatal “la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial”, dice la norma.

Respecto a las nuevas propuestas hechas por el Ayuntamiento de Barcelona, Airbnb asegura que el anuncio “crea aún más confusión entre los residentes locales que comparten sus hogares. Es un paso atrás para los ciudadanos que quieren claridad sobre esta cuestión, ya que tiene lugar tan sólo tres semanas después de que la Generalitat anunciara una propuesta para permitir compartir la propia casa y aceptar fórmulas innovadoras de turismo”. La plataforma, que dice que no ha recibido ninguna petición de información de las autoridades, añade que la empresa se toma la privacidad de sus usuarios “muy en serio”. “Protegeremos a la comunidad de exigencias excesivamente amplias de datos de usuarios”, apuntan.

Campañas contra el fraude

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha una campaña para luchar contra el fraude en los alquileres vacacionales. A la espera de que concluyan las actuaciones, el organismo recuerda que en 2014 se efectuaron 7.410 visitas para aflorar alquileres opacos, un 11,3% más que en 2013. La novedad de este año, según apuntan fuentes de la Agencia, es que para reforzar las actuaciones se está trabajando a partir de la información analizada en las páginas de alojamientos por internet que se compagina y coordina con las comunidades autónomas.

Precisamente, la Comunidad Valenciana ha puesto en marcha una campaña contra la oferta ilegal de apartamentos turísticos en la región que comenzó el pasado 15 de julio. Se centra en la comprobación de que los apartamentos turísticos que se alquilan por temporada se encuentran debidamente registrados con arreglo a la norma turística de aplicación.

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