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Condenan a un banco a devolver al cliente el impuesto de Actos Jurídicos Documentados y demás gastos

EUROPA PRESS

SANTANDER —

El fallo, dictado el pasado 30 de junio por la magistrada Elena Antón y al que ha tenido acceso Europa Press, es pionero en la región, al ordenar el reembolso del citado impuesto a un cliente, algo que hasta ahora se había denegado en los juzgados de Santander.

La resolución, sobre cláusulas abusivas de las hipotecas, coincide con la puesta en marcha de un juzgado específico en la capital cántabra, para abordar los pleitos derivados de este tipo de contratos bancarios.

La sentencia de la jueza de Torrelavega, que impone las costas al banco, no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, algo que a priori hará Liberbank, que tiene previsto apelar los fallos desfavorables en la materia, según ha podido saber esta agencia.

La resolución en cuestión estima la demanda interpuesta por la pareja y declara nulo un artículo del contrato del préstamo hipotecario suscrito el 14 de agosto de 2009, que imputa a los demandantes el pargo de los gastos de gestoría relativos a la tramitación de la hipoteca hasta su inscripción en el Registro de la Propiedad y Oficina Liquidadora de Impuestos, a su constitución, modificación y cancelación, el de las costas procesales y gastos extrajudiciales y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

La sentencia se basa en la “abusividad” de la cláusula en cuestión, que causa “desequilibrio importante” desde el punto de vista económico y también de la posición jurídica a una parte del contrato, el consumidor. En consecuencia, declarada nula, el banco deberá devolver a sus clientes las cantidades “indebidamente percibidas”.

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