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¿Qué hacer con la protección por desempleo?

Daniel Pérez del Prado

El problema del desempleo es sin lugar a dudas el mayor de cuantos adolece la sociedad española. De acuerdo con la última EPA, 5.424.700 personas, que pueden y quieren trabajar, sin embargo, no encuentran un empleo; uno de cada dos jóvenes padecen esta dramática situación; 1.789.400 hogares tienen a todos sus miembros en paro. Pero estas tremendas circunstancias se agravan aún más si se tiene en cuenta que muchos de estos desempleados carecen de cualquier tipo de cobertura. De acuerdo con la tasa de protección de los parados, elaborada por la Fundación 1º de mayo, análoga a la tasa de cobertura pero sobre la base también de los datos de la EPA, el porcentaje de desempleados con prestación se sitúa tan sólo en el 30,3%.

Vivimos, pues, un momento en el que el sistema de protección por desempleo ha adquirido una importancia aún mayor a la que tradicionalmente ha tenido, no solamente como mecanismo de protección social, sino como herramienta que, al menos en teoría, debiera contribuir a un pronto retorno al empleo.

Sin embargo, como tantos otros elementos del Estado del Bienestar siempre ha estado bajo sospecha. Los sistemas de protección frente al desempleo son acusados de causar una suerte de “adormecimiento” del parado, que se acomodaría a su situación subsidiada, retrasando o impidiendo su regreso a la vida activa. La protección de los riesgos derivados del paro a través de rentas eliminaría los deseos de los individuos de retornar al trabajo, convirtiéndoles en sujetos dependientes del Estado y adentrándoles en la “trampa del desempleo”, el círculo vicioso en el que los mecanismos previstos para su propio sustento se convierten en la causa última de su inactividad. Qué duda cabe que si no fuera por la dramática situación que vivimos, los recortes en desempleo habrían sido aún mayores, bajo el paraguas de este tipo de argumentos.

Pero, ¿son ciertos?, ¿dónde acaba la realidad científica y comienza la estrategia ideológica? Repasar los estudios que se centran en mejorar el sistema, en lanzar propuestas para superar sus deficiencias y, en rechazar, por qué no también decirlo, muchos mitos que tienen más una base ideológica, que un verdadero sustento empírico, se convierte en una estrategia central si se quiere afrontar con rigor la mejora de la protección por desempleo en España. En los últimos años he podido recopilar investigaciones económicas nacionales e internacionales que se refieren a los efectos del sistema de protección por desempleo sobre el empleo.

Pues bien, lo primero que cabe destacar es que, aunque los estudios económicos internacionales y nacionales no han encontrado resultados concluyentes en lo que hace a la incidencia de la intensidad de la protección sobre el retorno al empleo, sí afirman que la duración de la prestación podría incentivar un retorno más tardío al trabajo.

En concreto, por lo que hace al panorama internacional, las investigaciones se han centrado fundamentalmente en concretar el efecto del grado de protección del sistema. Desde un punto de vista macroeconómico, estas investigaciones parecen coincidir en que existe una correlación positiva entre la duración del desempleo y el nivel o grado de protección, efecto que sería mayor cuando la variable utilizada es la duración máxima de la prestación, que cuando nos fijamos en la tasa de reposición. Sin embargo, a nivel microeconómico las conclusiones alcanzadas varían entre un efecto positivo pero pequeño (cuanto más generoso más dura el desempleo) y los que no perciben ningún tipo de efecto.

En lo que hace a los estudios nacionales, las conclusiones son plurales y parcialmente coincidentes con los anteriores. En lo que respecta a la búsqueda de empleo, las investigaciones que se han referido a esta cuestión destacan que quienes perciben una prestación no muestran una actividad de búsqueda activa muy distinta a quienes no. Algo similar ocurre con la intensidad de la búsqueda. La conclusión general es que la protección por desempleo no parece provocar en los beneficiarios un efecto “anestesiante” frente a los no protegidos, de tal forma que busquen empleo menos intensamente.

Por otra parte, los distintos trabajos económicos parecen coincidir también en que la percepción de una prestación por desempleo incide en la predisposición del desempleado a la hora de aceptar una oferta. En un sentido similar, la práctica totalidad de los estudios coinciden al afirmar que la protección frente al paro afecta negativamente a la salida hacia el empleo, es decir, si comparamos a los perceptores de prestaciones con los no protegidos, se puede observar que aquéllos presentan unas tasas de salida hacia el empleo inferior a éstos y, además, la duración de los episodios de paro sería mayor para los perceptores que para nos lo perceptores. Esto no tiene por qué resultar en principio negativo, siempre que no se traduzca en desempleo de larga duración o en un uso abusivo de las prestaciones, por cuanto que el sistema de protección por desempleo permitiría una mejor conexión entre oferta y demanda de trabajo. Además, tal conclusión variaría dependiendo del tipo de prestación o de su duración, por lo que no es del todo correcto afirmar, sin más, que la protección por desempleo desincentiva la vuelta al empleo, sino que es preciso concretar en qué casos. A este respecto, la mayoría de las investigaciones parecen poner de manifiesto un distinto efecto según se disfrute de una prestación contributiva o una asistencial, el tipo de subsidio en este segundo bloque y las relaciones entre todos ellos.

Por consiguiente, quienes afirman que la protección frente al paro desincentiva el retorno al trabajo ocultan bajo un trazo grueso intenciones que nada tienen que ver con la realidad empírica. Se pretende tratar al todo como a la parte, reduciendo el sistema a su mínima expresión dentro de la estrategia común de minimización de todos los servicios integrantes del Estado del Bienestar.

Si determinados elementos del sistema producen desincentivos, revísense, pero mejorar la protección por desempleo no implica necesariamente amputar la parte sana junto con la enferma. Es más, debiéramos pensar si la solución a los problemas señalados debe venir dada necesariamente por la vía del recorte. Si el sistema de protección por desempleo tiene entre sus objetivos, no solamente propiciar el retorno al empleo, sino garantizar un adecuado nivel de protección social. ¿No debería cualquier tipo de solución tener en cuenta ambos objetivos?

El retroceso en materia de inversión en políticas activas de empleo, el escaso alcance de nuestros servicios públicos de empleo, las deficiencias de nuestro sistema formativo son algunos de los obstáculos que nos impiden dar una solución a tantos cientos de miles de españoles que se encuentran hoy desesperados por carecer de una mínima cobertura social. Éstas son las verdaderas ineficiencias de nuestro sistema de protección de desempleo, cuya solución urge poner en marcha. Una mayor protección social es posible y necesaria, lo que no es incompatible con propiciar que se retorne lo antes posible al empleo.

Nota: este artículo se basa en parte de los resultados que se muestran en mi trabajo “Protección por desempleo: intensidad, duración y control”, Lex Nova – Thomson Reuters, 2014.

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