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Podemos propone en el Parlamento de Andalucía otra ley para contribuir a evitar desahucios

Juan Moreno Yagüe en el registro de la proposición de ley.

Olga Granado

El grupo de Podemos ha registrado este martes en el Parlamento de Andalucía una proposición de ley con la que pretende poner en jaque a la banca en otra de las trampas que ha detectado en su relación con los consumidores: la reclamación de desahucios en los tribunales, pese a haber dejado de ser propietaria de la hipoteca porque la ha cedido a fondos de inversión.

En concreto, se trata de una proposición de ley de información a los consumidores sobre la titulación de préstamos hipotecarios o de otro tipo, o sea, su venta a fondos de inversión. De este modo, se recoge la obligación de que las entidades bancarias que hayan cedido un crédito hipotecario u ordinario a un fondo de titulización, que se hace en el 80% de los casos según los cálculos de los expertos, “deberán informar por escrito, o mediante remisión de un correo electrónico” a los consumidores con los que hayan firmado el contrato. De no hacerlo, se proponen sanciones.

Esta información es vital para los ciudadanos que estén inmersos en un proceso de ejecución hipotecaria y, de hecho, ya se han conocido las primeras sentencias de tribunales de Sevilla y Barcelona, archivando los intentos de desahucios por parte de bancos que ya habían titulizado las hipotecas. O sea, no es que esa deuda no la puedan reclamar, pero no le corresponde a la entidad bancaria que lo suele intentar el hacerlo, sino al fondo de inversión al que se la haya cedido.

En este sentido, el Banco de España reconoce que la titulación de un préstamo supone que quien lo concedió “deja de ser acreedor del mismo”, y por tanto no lo puede reclamar su devolución. Por eso interpreta Podemos que las entidades bancarias “son reacias a proporcionar dicha información”, no ya a los consumidores, sino incluso a los jueces, “cuando dichas cuestiones se suscitan en un litigio”.

Básicamente porque si se comprueba que el banco ya no es titular del fondo, se determina el archivo inmediato del litigio porque se entiende que sólo podría reclamar la ejecución hipotecaria el propietario, o sea, el fondo de inversión. Y en caso de las que haya jueces que no hayan considerado esto, por ejemplo porque el hipotecado no hubiera sido consciente de tal circunstancia, podrían declararse nulos los desahucios.

Hoy día, ni siquiera es obligatorio inscribir en los registros públicos tales cambios de titularidad, siendo casi imposible para cualquiera averiguar qué ha ocurrido con un crédito cuando ya no pertenece a ese acreedor con el que fue suscrito. “Las dificultades con que los consumidores se encuentran a la hora de averiguar si su crédito ha sido o no objeto de transmisión son enormes”, ha expuesto el diputado Juan Moreno Yagüe.

Conocido por haber llevado el caso Bankia además de otros relacionados con las cláusulas suelo, ha sido el encargado de registrar la propuesta. No descarta que éste se convierta en un nuevo varapalo contra las prácticas abusivas de la banca, si bien de momento “no hay una gran causa contra ello, sino reclamaciones individualizadas”, y es lo que lo diferencia, por ejemplo, de los mediáticos asuntos de las cláusulas suelo o del engaño con el cálculo del euríbor.

En su presentación, ha recordado que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en un nota informativa del 20 de octubre de 2015, declara que no es su función la llevanza de un registro de préstamos titulizados, pese a que maneja una relación como anexo a la escritura de constitución de cada fondo de inversión, que sí ha de quedar registrado. Para reconocer si una hipoteca está titulizada “hay que dirigirse a la entidad bancaria indentificándose como el cliente y pedir la información”, tal y como consta en el mismo escrito de la CNMV.

Problemas de competencias

Juan Moreno Yagüe ha explicado que esta exigencia que ahora elevan como proposición de ley no la pudieron incluir como enmienda en la Ley de Protección de los Derechos de Consumidores y Usuarios de Créditos Hipotecarios sobre la Vivienda aprobada por unanimidad en el Parlamento de Andalucía el pasado año.

De todas maneras, no cree que su propuesta vaya a toparse con problemas de competencias de las administraciones, porque “está dirigida a apuntalar dos de los pilares de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de defensa y protección de los consumidores y usuarios de Andalucía”. Por un lado, la defensa de los intereses económicos y sociales de los consumidores y, por otro, su derecho a la información como medio para salvaguardarlos.

Sobre la venta de préstamos a los fondos de inversión, ha recordado que son prácticas reguladas, entre otros, por la Ley 19/1992, de 7 de julio, sobre Régimen de Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria y sobre Fondos de Titulización Hipotecaria y por el Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario. La Ley de Enjuiciamiento Civil contiene los aspectos procesales. Sin embargo, su partido no se ha planteado todavía elevar una propuesta de este tipo para su debate en el Congreso de los Diputados.

Sí ha confesado el parlamentario que había negociado la norma con el PSOE en los últimos meses, igual que con el resto de grupos, para garantizarse que prospere. Sin embargo, se ha topado con que “a última hora el PSOE se ha caído”, pese a que él se mostró dispuesto a firmar la proposición de ley con los socialistas, porque no tenía interés en quedarse con la “paternidad”. Esto, unido a los recelos que ha mostrado C's hacia el texto, le dificultan que pueda ser tramitada.

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