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Condenado a 25 años de cárcel el hombre que incendió la casa de su expareja en Zaragoza

La Audiencia de Zaragoza condena a 25 años de cárcel al hombre que incendió la casa de su expareja

ElDiarioAragón

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El 22 de agosto de 2017, de madrugada, el acusado Manuel O.L. incendió la casa en la que vivía su ex novia y los dos hijos de ésta, menores de edad. El incendio afectó al edificio y a siete viviendas de la finca resultando perjudicados por el fuego y por el humo varios vecinos entre los que se encontraban tres menores.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado al acusado a un total de 25 años y seis meses de prisión como autor de un delito de incendio, un delito de homicidio en grado de tentativa, tres delitos de lesiones y un delito de quebrantamiento de medida cautelar al incumplir la prohibición de aproximarse a la víctima, medida que le fue impuesta por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Zaragoza cinco días antes de que ocurrieran los hechos.

143.808 € de indemnización

La sentencia dictada por los magistrados establece para las victimas indemnizaciones cuya cuantía total asciende a 143.808 euros. El procesado deberá indemnizar a su ex novia con 25.077 euros por las lesiones que le causó, ya que sufrió quemaduras en la cara y en las manos al intentar salvar a sus hijos, por el estrés postraumático y por los daños causados en sus pertenencias, y a sus hijos, de 5 y 9 años en el momento de los hechos, con 54.500 €.

El hijo más pequeño sufrió quemaduras de segundo grado en la mano, intoxicación por inhalación de humo y estrés postraumático, y el mayor lesiones y estrés adaptativo. Además, deberá abonar las indemnizaciones de los vecinos que se vieron afectados, y los daños causados en el edificio de la comunidad de vecinos, así como todas las costas del juicio.

El tribunal afirma en su sentencia que “la autoría del acusado no ofrece duda alguna”, ya que pese a ejercer su derecho a no declarar y responder solo a las preguntas de su abogado, el tribunal ha contado durante el juicio con otras evidencias objetivas que constatan su autoría y la “evidente y severa animadversión” que profesaba hacia su ex novia según lo declarado por varios testigos.

Un homicidio en grado de tentativa y dos delitos de lesiones

Por lo que se refiere a la condena por lesiones de los dos hijos, el tribunal entiende que pudieron concurrir tres homicidios intentados, el de la mujer y sus dos hijos. Sin embargo, la acusación se limitó a solicitar condena por el cometido contra la expareja sentimental, y el principio acusatorio impide sancionar los otros dos como homicidios en grado de tentativa, limitándose la sentencia a sancionarlos como lesiones, tal como pedían, tanto el Ministerio Fiscal, como la Acusación Particular.

Respecto de la agravante de parentesco solicitada por la acusación particular argumentan que, según palabras de la propia víctima, se trataba de “una relación de dos años sin convivencia” por lo que no se dan los requisitos que la jurisprudencia exige para poder aplicarla. El agravante por razón de género se ha aplicado, tras escuchar las declaraciones realizadas durante el juicio: “de todos estos testimonios se desprende que la relación del acusado con ”M“ era de acoso y control persistente, mientras formaron pareja sentimental, y de animadversión y maltrato frente a ella, como mujer, después, lo que denota claramente esa superioridad por razón de género con que se puede definir la actitud del acusado para con su expareja”.

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