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Abogados asturianos del turno de oficio reclaman salir de la 'esclavitud' para conciliar la vida familiar y laboral

Concentración de abogados del turno de oficio ante la sede de la Junta General del Principado.

Pilar Campo

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Más de 42.000 profesionales están asignados al turno de oficio en España, de los que 3.099 desarrollan su trabajo en Asturias. Su portavoz en el Principado es Jaime Castejón Fernández que sostiene que el colectivo trabaja en unas condiciones equiparables a la “esclavitud”, con escasas remuneraciones y grandes dificultades para conciliar la vida profesional y familiar.

No obstante, pese a que este servicio está, según sus palabras, “infra pagado”, reconoce que se ha convertido en un “salvavidas” para algunos compañeros ante la paralización de asuntos tramitados debido a la huelga de los funcionarios de Justicia.

“La huelga en la administración de Justicia ha mermado las facturaciones de una forma desmesurada y al menos el turno de oficio les podía garantizar una mínima remuneración a algunos compañeros”, señala.

Jaime Castejón calcula que entre los meses de enero y las primeras semanas de julio en algunos despachos se experimentó un descenso de más del 50 por ciento de la facturación anual por lo que si a esta circunstancia se suma que agosto es un mes inhábil el porcentaje será aún mayor.

Los profesionales vienen cobrando por término medio entre nueve y diez meses después de realizado el servicio del turno de oficio debido a los trámites burocráticos que conlleva el reconocimiento de la justicia gratuita y, una vez reconocido el derecho de cobro, como mínimo aún tardan en cobrar una media de tres meses más.

“El turno de oficio está infra pagado. Por este servicio se cobra entre una cuarta y una séptima parte de lo que se abona por cada procedimiento en una designación privada, aunque algunos compañeros lo elevan a la décima parte. Hay que tener en cuenta que no es igual si se trata de procedimientos pequeños o grandes”.

Jaime Castejón ilustra con un ejemplo las diferencias económicas que se dan. Así, por el trabajo que desarrollaría en un juicio con jurado un abogado por designación privada podría llegar a cobrar cantidades que superarían los diez mil euros, mientras que en el caso de que fuera asignado el mismo caso a un integrante del turno de oficio el profesional no cobraría por encima de los ochocientos euros, que además, según matiza, no serían 'limpios' ya que a esta cantidad habría que sumar entre otros conceptos la retención del IRPF.

Uno de los principales caballos de batalla es la disponibilidad. Salvo en el partido judicial de Oviedo y en la guardia de violencia de género, donde sí se cobra por este concepto, en el resto de guardias realizadas en el Principado no se abona

Jaime Castejón Fernández Portavoz de los abogados del turno de oficio

Uno de los principales caballos de batalla de los profesionales del turno de oficio es la disponibilidad. Salvo en el partido judicial de Oviedo y en la guardia de violencia de género, donde sí se cobra por este concepto, en el resto de guardias realizadas en el Principado no se abona.

“Nosotros entramos en la guardia a las ocho de la mañana de un día y salimos a las ocho de la mañana del día siguiente en las guardias de 24 horas en las que nos pueden llamar a cualquier hora. En las guardias de una semana entramos a las ocho de la mañana del lunes y salimos a las ocho de la mañana del lunes siguiente, donde nos pueden llamar durante las 24 horas del día los siete días de la semana”, se queja el portavoz del colectivo.

A los profesionales no se les abona el tiempo que deben permanecer disponibles pendientes de una llamada de teléfono, que a veces no se produce. Sólo perciben el coste de cada procedimiento que se les encomienda: “Si tenemos que desplazarnos a una comisaría para asistir a un detenido que después irá a un procedimiento urgente o de enjuiciamiento inmediato se nos va a pagar únicamente por el procedimiento inmediato, pero no vamos a cobrar el día que hemos estado pendientes del teléfono”, lamenta.

Guardias que no se cobran e incompatibles con la conciliación

Esa situación complica especialmente la conciliación familiar. Jaime Castejón asegura que con las guardias es “imposible” que se pueda atender adecuadamente a los hijos, padres dependientes o parejas con necesidades. Peor panorama tienen aquellos compañeros que son padres o madres solteros o divorciados y tienen un convenio regulador en el caso de que tengan que hacerse cargo de las custodias de sus hijos porque no hay una limitación horaria para la guardia. 

El portavoz recuerda que ya se han dado casos de compañeros que tenían que ocuparse del cuidado de los hijos o de sus padres dependientes y no tenían opción de dejarlos al cuidado de otros familiares que les permitiera conciliar, por lo que se veían obligados a contratar a personal externo a los que por supuesto había que pagar por esa disponibilidad pese a que ellos no la cobran.

“Ya no se trata sólo de la escasa remuneración o de que no se pague la disponibilidad horaria. El problema es que durante ese período de 24 horas o de una semana de guardia nos pueden llamar en cualquier momento. No hay una sujeción horaria. No sólo no tenemos derecho al cobro sino que no tenemos siquiera derecho a dormir”, expone.

Tampoco se pueden negar ni a realizar un servicio ni pueden permanecer desconectados de sus teléfonos. En las guardias de una semana, especialmente, están obligados durante esos siete días a acudir a todos los llamamientos que les hagan y no tienen ningún tipo de control para saber si va a haber muchos o pocos casos y si van a necesitar o no sus servicios.

“Puede pasarnos perfectamente que en una guardia de una semana nos llamen un mismo día a las cuatro de la tarde, a las ocho de la tarde, a las tres de la madrugada y al día siguiente tengamos que acudir al juzgado a las nueve de la mañana. Estamos hablando de un tramo de horas muy importante que no deja tiempo ni para dormir”, ilustra Jaime Castejón.

La reclamación masiva para cobrar la disponibilidad en las guardias

El Principado, sin embargo, presenta una peculiaridad. Jaime Castejón explica que el reglamento de Asturias del turno de oficio prevé pagos por disponibilidad, pero comenta que no se les abona por una decisión administrativa, siendo las dos únicas excepciones el partido judicial de Oviedo, donde sí se cobra, y en la guardia especial de violencia de género.

La disconformidad del colectivo les llevará a plantear una reclamación masiva al Principado: “La Agrupación Profesional del Turno de Oficio de Asturias y la Plataforma Nacional de Asociaciones han decidido presentar una solicitud donde se recogerá la reclamación de todos los letrados interesados en reclamar que se les abone el dinero que se les debió pagar si hacemos una interpretación estricta de la norma”.

Jaime Castejón aún no puede calcular el número de compañeros que está dispuesto a presentar la reclamación. En principio, van a recabar los datos de todos los miembros que quieren suscribir esta solicitud para hacer una reclamación conjunta y se la presentarán al Principado de Asturias.

“Esta solicitud se contempla en el artículo 66 de la Ley 39/2015 que es el derecho de petición y en base a ello reclamamos que se nos abonen honorarios vencidos indebidos. Como la ley impone que la prescripción de los honorarios profesionales es de tres años, nosotros pediremos todos esos abonos que se debían con carácter retroactivo”, advierte.

Actualmente los abogados del turno de oficio están solicitando individualmente una relación del número de guardias que han realizado, pero eso de momento es difícil de calcular conjuntamente. Por ejemplo, en el caso del portavoz realizó guardias en las primeras semanas de julio en los concejos asturianos de Pravia, Siero, Oviedo, Langreo, Mieres, Avilés, Grado, Valdés.

No obstante, las guardias se referían a causas diversas: desde atención a víctimas de violencia de género, asistencia al detenido o extranjería a asistencia a víctimas de terrorismo, trata y abuso de menores, aunque no todos los compañeros están adscritos a todas las modalidades.

Los abogados del turno de oficio han llevado a cabo varias concentraciones, entre otras, en las sedes de la Audiencia Provincial, del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), de la Junta General del Principado y de la Presidencia de la comunidad autónoma, en Oviedo.

La comisión deontológica y las sanciones

Jaime Castejón apunta también a otro inconveniente que sufre el colectivo: “Cuando estamos de guardia se nos exige que nos personemos en cuanto nos llaman. En teoría nosotros tendríamos tres horas para desplazarnos hasta el lugar donde somos requeridos sin ser sancionados, pero sin embargo no sucede siempre así”.

Relata que son citados mediante el servicio de mensajes PK(knowledge point, siglas en inglés de 'punto de conocimiento') que les va enviando una serie de avisos con los distintos centros a los que tienen que acudir, pero si no comparecen en el momento se les envía un segundo aviso que debería ser en teoría a las tres horas, pero habitualmente los reciben apenas pasados diez minutos del primer aviso.

“En cuanto se pone el segundo aviso ya la sanción empieza a aplicarse, dependiendo de la gravedad. Si es porque el letrado está fuera de la comunidad autónoma puede ser sancionado con hasta tres meses de privación del turno de oficio, pero en sanciones superiores se puede estar hablando de un año e incluso de la separación definitiva del servicio”, comenta.

No obstante, admite que aunque ha habido algún caso de separación definitiva estas sanciones no se ponen de forma arbitraria, ya que existe una comisión deontológica que es la que se encarga de analizar este tipo de procedimientos sancionadores.

El riesgo a sufrir un accidente 'in itinere' y la falta de un seguro profesional

Otro problema que apunta el portavoz de los letrados del turno de oficio es que, a todos los efectos, la administración no les considera trabajadores, sino una suerte de empresa adjudicataria con la misma condición que tendría con un contrato del sector público.

“Nosotros no tenemos ningún tipo de seguro y prestamos servicios en partidos judiciales a lo largo de toda Asturias. Tenemos que personarnos de forma rápida en centros que no siempre están al lado de nuestros despachos y no se suele acceder a ellos andando, por lo que en general tenemos que utilizar nuestro coche particular y pagar nuestra propia gasolina, sin percibir ninguna cantidad por el desplazamiento”, ratifica Jaime Castejón.

El portavoz asegura que mientras cualquier trabajador que sufra un accidente 'in itinere' yendo de su trabajo a casa o viceversa en su horario profesional genera unas prestaciones, en cambio su colectivo carece de los mismos derechos, por lo que se ven abocados como autónomos que son a suscribir seguros privados.

“Si nos ponemos en el caso de que ese trabajador en ese accidente queda en estado catatónico que le impide el desarrollo de cualquier puesto de trabajo aunque no hubiese tenido la suficiente cotización, la Seguridad Social le va a dar una prestación de incapacidad permanente absoluta. Y si esa persona muere en el accidente sus hijos van a tener derecho a la pensión de orfandad. En nuestro caso -compara- tenemos que pagar seguros privados, bien sea por medio de la Mutualidad de la Abogacía o por medio del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)”.

Castejón asegura que rayan con la esclavitud

El panorama que dibuja Jaime Castejón es desolador para un colectivo que, según manifiesta, pertenece a una profesión con unas condiciones más asemejadas en el ordenamiento jurídico a la esclavitud.

“Puede parecer disparatado, pero no lo es a la vista del artículo 30 de la Ley de Justicia Gratuita. Este artículo nos obliga a prestar un servicio, al que no nos podemos negar, pero donde no se nos considera trabajadores ni tenemos cualquier tipo de protección social. Es verdad que somos remunerados, pero no somos esclavos. Desarrollamos un trabajo obligado que está proscrito tanto por nuestra Constitución como por la Declaración Universal de Derechos Humanos”, asevera.

Entre las reivindicaciones que plantean los abogados del turno de oficio figura también la necesidad de que se les reconozca la condición de autoridad para que lesionar a un letrado se considere un delito de atentado y pueda ser perseguible de oficio.

“Si a un abogado se le lesiona en el ejercicio de sus funciones por parte de uno de sus clientes tendrían que denunciarlo e iniciar un procedimiento contra esa persona de forma individual y si tuviéramos esa condición de autoridad nos podría beneficiar mucho a la hora de que el procedimiento se llevara de oficio y sobre todo que el colectivo gozara de una mayor protección porque ya ha habido casos de compañeros que han sufrido agresiones, amenazas e intimidaciones en el ejercicio de su trabajo”, afirma. 

Jaime Castejón confía en que la recién elegida Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados (ICA) de Oviedo pueda conseguir que la situación de sus condiciones laborales mejore, ya que, según explica, se ha mostrado receptiva a sus reivindicaciones.

“El actual decano, Antonio González-Busto, defendió en la campaña electoral el lema ”transparencia, compromiso y ética“ y anunció que no sería permisivo con la administración. Espero que pueda usar la mano de hierro y el guante de seda y traslade nuestras peticiones al gobierno de Adrián Barbón porque vemos buena sintonía con el nuevo decano”, concluye.

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