El Gobierno de Cantabria propone que los comercios puedan abrir en 2025 el 5 de enero y Jueves Santo
El Gobierno de Cantabria ha planteado en su propuesta de aperturas comerciales en domingos y festivos para 2025, que aún no ha publicado oficialmente en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), el 5 de enero, víspera de Reyes, y el 17 de abril, Jueves Santo.
Igualmente, la propuesta del Ejecutivo de aperturas al público, con carácter general, incluye los domingos 20 y 27 de julio (este último, víspera del Día de las Instituciones de Cantabria; y el viernes 15 de agosto, Asunción de la Virgen. También incluye el domingo 14 de septiembre, víspera de la Bien Aparecida; el sábado 1 de noviembre, día de Todos los Santos, y el domingo 30 de noviembre, fin de semana del Black Friday; y el sábado 6 de diciembre, Día de la Constitución, y el domingo 21 de diciembre.
CCOO ha emplazado al Gobierno de Cantabria a retractarse de la propuesta planteada para las aperturas comerciales. En un comunicado, la secretaria general de la Federación de Servicios de este sindicato, Marta Careaga, ha subrayado que el Ejecutivo “aún está tiempo de enmendar el error”, porque el calendario de aperturas no ha sido publicado en el Boletín Oficial de Cantabria, y ha advertido que de hacerse efectivo, y si las empresas deciden abrir este 5 de enero, “estarán incumpliendo los convenios colectivos del comercio que, en su mayoría, recogen la obligatoriedad de avisar con un mes de antelación de cambios en los horarios de la plantilla, por lo que ya llegaría tarde”.
Careaga ha denunciado que “el propio Gobierno de Cantabria sea quien facilita a las empresas atropellar el derecho a la conciliación de las personas trabajadoras y elija, además, la víspera del Día de Reyes como primera apertura dominical de 2025 cuando, tras varios años, cae en domingo y posibilitaba a las madres y padres acudir a la cabalgata”.
En este sentido, la secretaria general de la Federación de Servicios de CCOO en Cantabria ha recalcado “el malestar y enfado de las plantillas” con esta decisión que “no solo impide la conciliación, sino el disfrute de un día tan señalado que en la mayoría de las ocasiones es laborable”.