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La Confederación del Segura no otorgará nuevas concesiones de aguas subterráneas en los acuíferos en riesgo

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La Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) no otorgará nuevas concesiones o autorizaciones que impliquen la asignación de nuevos volúmenes de aguas subterráneas, según las medidas cautelares adoptadas en la Junta de Gobierno de la CHS y que afectan a las masas hídricas declaradas formalmente en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo dentro del Dominio Público Hidráulico de la cuenca del Segura.

En este sentido, la decisión afecta a los recursos hidráulicos contenidos en el subsuelo de los acuíferos de Tobarra-Tedera-Pinilla, Pino y El Molar, en la provincia de Albacete; y Jumilla-Yecla, Ascoy-Sopalmo, Serral-Salinas, Quibas, Terciario de Torrevieja, Santa-Yéchar, Aledo, Bajo Guadalentín, Cresta del Gallo, Cabo Roig, Triásico de las Victorias, Triásico de Carrascoy, Alto Guadalentín, Mazarrón y Águilas, así como los de Bullas, Conejeros-Albatana, Ontur, Cingla y Sierra Espuña.

Según ha publicado el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tampoco se permiten modificaciones de características de los aprovechamientos inscritos en el Registro de Aguas que impliquen un aumento de su demanda real.

Además, el organismo de cuenca revisará el volumen máximo concedido de aquellos aprovechamientos en los que se detecte una variación en los tipos de cultivos implantados por otros de mayor dotación hídrica para asegurar la atención de la explotación con la menor dotación posible. Para la determinación de este volumen máximo anual se tendrá en cuenta como referencia el volumen realmente utilizado en los tres años anteriores a aquel en el que se haya observado la variación en el tipo de cultivo

A estas medidas cautelares, la CHS ha establecido algunas excepciones, principalmente para atender las demandas existentes de abastecimiento de población y las destinadas a regularizar los usos consolidados en el Plan Hidrológico de la cuenca del Segura.

Asimismo, la Confederación Hidrográfica del Segura también podrá autorizar la modificación de características de los aprovechamientos inscritos en el Registro de Aguas, sólo en aquellas que tengan como finalidad su mantenimiento y conservación, mediante profundización, sustitución o incremento del número de sus captaciones, o de la potencia de los grupos de elevación en ellas instalados.

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